La consulta presentada por el abogado de CONADECUS, Mario Bravo, solicita conocer las integraciones verticales y horizontales que existirían en el mercado conformado por los productos de gas licuado de petróleo y gas licuado natural. Además de la operación de adquisición de la Compañía General de Electricidad S.A. –CGE- por Gas Natural Fenosa y su conformidad con las normas de defensa de la libre competencia.
La Corte Suprema acogió en su totalidad la consulta de la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios –CONADECUS- obligando al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia -TDLC- a dar curso de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 31 del citado cuerpo legal, a las solicitudes presentadas por la asociación de consumidores.
La consulta presentada por el abogado de CONADECUS, Mario Bravo, solicita conocer las integraciones verticales y horizontales que existirían en el mercado conformado por los productos de gas licuado de petróleo y gas licuado natural. Además de la operación de adquisición de la Compañía General de Electricidad S.A. –CGE- por Gas Natural Fenosa y su conformidad con las normas de defensa de la libre competencia.
“Con esto queda confirmada la legitimación activa de la asociación de consumidores frente a estas causas”, señaló el presidente de CONADECUS, Hernán Calderón. “Esta decisión de la Corte Suprema, marca un importante precedente para nuestra labor de defensa de los consumidores y de la libre competencia en el país”, concluyó.
Fuente: ElMostrador
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18 Dic 2024