Noticia | 10 Enero 2012

200.000 Independientes deberán cotizar en AFPS por primera vez este 2012.

Según datos oficiales, en Chile existe 1,2 millón de trabajadores a honorarios y la mitad ya estaría ahorrando en una AFP. Desde 2012 será obligación hacerlo.

El próximo 2 de enero, el sistema de pensiones chileno enfrentará un nuevo cambio. Desde ese día, los trabajadores independientes estarán obligados a cotizar, en promedio, el 14% de sus ingresos en una AFP.

Se trata de un universo potencial de 1,2 millón de personas que trabajan a honorarios; es decir, que emiten boletas por sus servicios.

“A eso queremos llegar en 2018. Partiremos con menos gente el primer año y la expectativa es que la incorporación se dé gradualmente y se acelere una vez que sea una obligación, sin posibilidad de excluirse”, dice el subsecretario de Previsión Social, Augusto Iglesias.

La posibilidad de cotizar en una AFP para los trabajadores a honorarios comenzó a regir en octubre de 2008, pero de manera voluntaria. Ahora será obligación y, por eso, tras cruzar datos entre los organismos del área, el Servicio de Impuestos Internos (SII) y la Tesorería, se llegó a la cifra de 1,2 millón de trabajadores que emiten boleta. Luego, en un segundo corte de datos, se comprobó que de este total, 200.000 nunca habían cotizado y efectivamente ingresarán por primera vez al sistema.

Ese grupo deberá afiliarse a la administradora de pensiones que ganó la última licitación para hacerse de los nuevos inscritos, en este caso, AFP Modelo, de la familia Navarro. Hoy, además, hay dos potenciales nuevas AFP en vías de operar: una del grupo Cruzat y la otra del grupo Del Río.

“El resto de los trabajadores alguna vez se afilió y cotizó. Una vez que entre en vigencia este cambio, deberán reactivar esas cuentas o podrán cambiarse a la AFP más conveniente.

Esto también desmitifica las aprensiones de quienes advierten problemas por el ingreso masivo de personas al sistema en cuanto al manejo de cuentas e información. Lo que ocurrirá es que vamos a tener un flujo de cotizaciones con más regularidad”, afirma Iglesias.

A octubre pasado, las seis AFP del país tenían 8.936.214 afiliados, un 2,4% más que a igual fecha de 2010. De ellos, sólo el 50% sigue como cotizante activo y los afiliados voluntarios suman 2.213. En promedio, en un año aumentan en 300.000 los afiliados al sistema. A noviembre último, los ahorros previsionales de los chilenos sumaban US$ 133.200 millones.

El ingreso obligatorio de los trabajadores a honorarios al régimen de las AFP será gradual y contempla cinco etapas (ver galería). Entre 2012 y 2014 estarán obligados a cotizar para pensión y seguridad laboral, salvo que exprese claramente su negativa. Desde el 2015, sin embargo, será obligatorio cotizar, sin posibilidad de rechazo.

En el primer año se partirá cotizando por el 40% de la renta imponible del trabajador; desde enero de 2013, el 70%, y desde 2014, por el 100%. En abril de cada año, el SII fijará el monto total de las cotizaciones a pagar, según la renta imponible correspondiente a los honorarios del año anterior.

Se entenderá por renta imponible el 80% del total de ingresos por honorarios en un año calendario (enero a diciembre). Si los honorarios del trabajador le generan una renta mensual inferior al ingreso mínimo (hoy de $ 182.000) no estará obligado a cotizar, pero lo podrá hacer voluntariamente.

El pago a la AFP se hará descontando los recursos al trabajador en la Operación Renta de cada año. Pero si la persona pagó directamente, esas platas serán restadas del cálculo que hace el SII. La Tesorería es la que paga a la AFP.

El universo de trabajadores a honorarios se distribuye en tres grupos. El primero, quienes están contratados como dependientes y además emiten boletas, lo que ocurre, por ejemplo, con profesionales como abogados y médicos. Se trata de unas 600 mil personas que por ser asalariadas ya cotizan. Iglesias explica que la mayoría tiene rentas sobre el tope imponible de 66 UF que fija la ley para la seguridad social y, por tanto, no estarán obligados a hacerlo por sus boletas.

Pero también está el caso de los trabajadores que en su sueldo como dependiente ganan menos del tope imponible y por sus honorarios reciben más. Para ellos, el cambio es relevante: hoy sólo cotizan por su salario, aunque sea menor que sus boletas. Desde enero de 2012, sin embargo, deberán complementar su cotización con lo que reciben por honorarios hasta llegar al imponible de 66 UF.

Luego están los trabajadores a honorarios no dependientes, pero con otros ingresos provenientes, por ejemplo, de rentas del capital (al tener acciones, bonos u otras inversiones financieras) o de la propiedad (arriendos). El tercer grupo corresponde a quienes sólo tienen ingresos por honorarios. Ambos grupos estarán obligados a cotizar 100% por sus boletas.

Tasa de reemplazo del 70% y acceso a seguridad social

La obligación de cotizar para los trabajadores a honorarios no sólo tiene como foco asegurar una pensión futura para él o sus cargas. A los del 60% más pobre también les permitirá acceder al Aporte Previsional Solidario (APS), complemento fiscal para las jubilaciones de hasta $ 255.000.

Si bien Iglesias evita proyectar la tasa de reemplazo que obtendría en su pensión un trabajador independiente cotizante en una AFP durante toda su vida laboral, aclara que en su origen el sistema proyectaba una tasa aproximada del 70% (sin lagunas en la cotización) y que el objetivo se mantiene. “La recomendación internacional, por ejemplo, de la Ocde, es que los sistemas de pensiones obligatorios debieran lograr una tasa de reemplazo no menor de 50%”, sostiene.

Otro punto para la autoridad es que al ingresar al régimen previsional, esos trabajadores también obtendrán los beneficios ligados a la seguridad social, como acceso a asignación familiar, cajas de compensación y sus prestaciones (como créditos y becas), y la cobertura de los seguros de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y de invalidez y sobrevivencia, que hoy no poseen.

Gradualidad

* ¿A quiénes afecta? Regirá para los hombres de hasta 55 años y las mujeres de hasta 50 años. Quedan libres de esta obligación los afiliados al Instituto de Previsión Social (ex INP), a la Dipreca y Capredena. También quienes ya coticen cada mes por una renta igual al límite imponible mensual de 66 UF.

* Posibilidad al eximirse: La obligación de cotizar en una AFP comienza en enero de 2012 para todos los trabajadores a honorarios, pero hasta 2014 podrán eximirse si lo manifiestan expresamente al SII y el organismo previsional. Desde enero de 2015 no habrá excepción y desde el 2018 deberán hacerlo también para salud.

* Calendario. Desde enero de 2012, el trabajador deberá cotizar por el 40% de la renta imponible. Es decir, si una persona gana $ 100.000 brutos en honorarios, cotizará por como si ganara $ 40.000. Desde enero de 2013 cotizará por el 70% de la renta, y desde 2014, por el 100%. Desde 2015 no se admitirán excepciones.

* ¿Qué AFP elegir? Quienes nunca han cotizado deberán afiliarse a la AFP que ganó la última licitación para nuevos afiliados. En este caso, se trata de AFP Modelo. Quienes en el pasado se afiliaron a una AFP, aun cuando no hayan cotizado más, podrán volver a ella o cambiarse a la que les resulte más conveniente.

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