Noticia | 31 Julio 2023

Abogado de Conadecus participa en recurso de reclamación por la modificación las concesiones de telefonía local inalámbrica

La tercera sala constitucional de la Corte Suprema revisó el recurso de reclamación interpuesto por WOM para evitar la modificación por la vía administrativa de las concesiones de telefonía local inalámbrica.

Recordemos que el sector de las telecomunicaciones se encuentra judicializado debido a este recurso presentado por WOM en la Corte Suprema, que se opone al cambio de uso de la banda de 3,5 GHz que permitiría que las antiguas concesiones de telefonía local inalámbrica de ClaroVTR sean modificadas, de modo de implementar su red 5G.

Este recurso además ha paralizado la nueva licitación 5G, ya que Subtel no puede lanzar el concurso mientras el caso esté en la Corte Suprema.

El problema dice relación con el eventual ingreso de ClaroVTR a la tecnología 5G, luego de participar y no ganar espectro en la banda de 3,5 GHz en el concurso público del año 2020.

A fines de mayo, la Tercera Sala admitió revisar el fondo de la resolución del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) que data de enero, y que permite a la Subtel poder hacer uso de sus facultades para agregar nuevas tecnologías en concesiones vigentes de telefonía local inalámbrica.

Este es el caso de la banda de 3,5 GHz en manos de ClaroVTR -que está asignada a la referida telefonía local inalámbrica, ya que es un bloque entregado hace 20 años y destinado a ese uso-, y para el cual Subtel recientemente estableció un permiso provisorio para ofrecer 5G.

Sin embargo, cuando entró el recurso en la Corte Suprema y esta admitió revisar el caso de ClaroVTR, estableció a petición de WOM una orden de no innovar que impide hacer uso del permiso 5G provisorio dado por la autoridad.

En todo caso, Subtel determinó un valor para el espectro que ClaroVTR debe asumir si se le concede un permiso 5G definitivo, considerando que comenzaron dos años más tarde que sus competidores y que sus antiguas concesiones tienen una vigencia menor.

También Subtel le exige a ClaroVTR implementar el mismo proyecto técnico que fue calificado positivamente en el concurso 5G del año 2020, junto con contraprestaciones equivalentes a las asumidas por las otras compañías en ese concurso.

En forma paralela, el Subsecretario de Telecomunicaciones mencionó en Pulso que Movistar y Entel han cumplido con los plazos establecidos en el concurso 5G del año 2020, mientras que Wom no lo ha hecho. WOM ha señalado que estos atrasos obedecen a problemas de gestión de sitios, y de logística, por lo que su capacidad para obtener autorizaciones se ha visto afectada.

¿Qué dice Conadecus?

“Conadecus es parte de la causa por diversos motivos”, explica ante la Corte Suprema el abogado de Conadecus, Antonio Olivares.

“Existe un interés público en las decisiones que repercuten a los consumidores, ya sea permitiendo una mayor competencia en el caso que se confirme la resolución del Tribunal de la Libre Competencia, donde se verían beneficiados los consumidores en precio, alcance y avance tecnológico”, dice el abogado.

También explica una de las interrogantes con respecto al reclamo de WOM: “Si se acoge la reclamación de WOM, donde se impondría a la Subtel la obligación de realizar un nuevo concurso público para modificar atributos técnicos, se verá entorpecida la libre competencia en servicios 5G”.

“La resolución del Tribunal de la Libre Competencia es clara, porque se justificaba plenamente en 2020, cuando aún no existía la telefonía móvil 5G, puesto que podían existir ventajas competitivas indebidas, o ventajas de primer jugador, para quienes ya tenían desde antes asignados algunos segmentos en la banda de 3,5 GHz”,  agrega.

“La resolución del TDLC es la manera más correcta y rápida de obtener competencia en telecomunicaciones 5G, con el uso eficiente del espectro radioeléctrico y cumplir con el dictamen de la misma Corte Suprema que dispone que Subtel debe velar porque existan al menos cuatro proveedores móviles creíbles en la prestación de servicios 5G”, finaliza.

Ve los alegatos de Conadecus aquí:

Publicado por
Conadecus

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