Noticia | 23 Octubre 2018

Asamblea extraordinaria de socios y 21 años de Conadecus

Santiago 23 de octubre de 2018.- En este mes de octubre Conadecus está celebrando 21 años de vida, para ello se celebró una asamblea extraordinaria para los socios de Conadecus,donde se recordó a sus fundadores y se rindió cuenta del caso papel tissue.

“Con orgullo podemos decir que, a la hora de defender a los derechos de los consumidores, esta Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios es la organización más importante del país” señaló Hernán Calderón, presidente de Conadecus.

Entre los servicios que brinda Conadecus a través de sus profesionales destacamos la entrega de asesoría legal gratuita de forma presencial, telefónica y digital. También, señalamos la realización de capacitaciones en diversas zonas del país, donde se informa y orienta sobre lo que atañe a la Ley del Consumidor.

Asimismo, representa a los consumidores en instancias de participación ciudadana como los Consejos de la Sociedad Civil, presidiendo varios de ellos, como por ejemplo el de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, el del Instituto Nacional de Estadísticas y el del Servicio Nacional del Consumidor, Sernac.

Esta organización sin fines de lucro, constituida por un centenar de personas naturales, tiene por finalidad informar, educar y asumir la representación y defensa de los consumidores y usuarios del país, tareas en las que ha desarrollado una trayectoria que no ha pasado desapercibida para la sociedad civil.
De esta manera, la labor que ha cumplido Conadecus marca un importante precedente en la historia del derecho del consumidor de nuestro país.

Hernán Calderón señaló que “se convocó esta Asamblea Extraordinaria para dar cuenta a nuestros asociados de la labor desarrollada a este respecto”. Partió recordando que, en el año 2015, Conadecus inició una demanda colectiva contra CMPC y SCA denunciando la colusión en el mercado del papel tissue y en defensa de los consumidores dañados.
Esta demanda colectiva, culminó con un proceso, inédito en el país y en el mundo de compensación, que contempló una indemnización de $7 mil pesos para cada chileno y chilena mayor de 18 años.

Caso: Papel Tissue, historia y alcances

El Origen

El caso surge de una investigación iniciada en el año 2013 en Colombia por su Superintendencia de Industria y Comercio respecto de una colusión en la industria de los pañales. La Fiscalía Nacional Económica de Chile (FNE) inició una indagación en Chile dado que las empresas acusadas en Colombia eran también los principales productores de papel tissue en nuestro país.

Ellas son la Compañía Manufacturera de Papeles y Cartones (CMPC) del Grupo Matte y PISA, propiedad de Svenska Cellulosa Aktiebolaget (SCA), firma sueca que la había adquirido del empresario chileno Gabriel Ruiz Tagle.
La investigación de la FNE concluyó que CMPC y SCA habían establecido, desde el año 2000 hasta diciembre de 2011, acuerdos de precio para el papel higiénico en Chile. Por ello, la FNE las acusa de colusión en octubre de 2015.
Al mes siguiente, la Papelera reconoce que hubo colusión entre CMPC y SCA y se acoge a los beneficios de la auto-delación. Posteriormente, Eliodoro Matte, presidente de CMPC, hizo abandono de su directorio tras 40 años.

Acción de Conadecus

Enterada de la colusión, Conadecus encarga estudios jurídicos y económicos sobre libre competencia al bufete Mario Bravo para dilucidar el monto ganado de forma ilegítima por las empresas al coludirse y pide la asesoría legal en materia de derechos del consumidor al estudio Andrés Parra, todos expertos en dichos temas. Con base en los antecedentes reunidos, Conadecus presenta el 19 de noviembre de 2015 una demanda colectiva ante el 10° Juzgado Civil de Santiago en representación de todos los consumidores de Chile.

El Sernac se negó a presentar en esa oportunidad una demanda colectiva, optando por iniciar en ese mismo mes un proceso de mediación, al cual solo se incorporó CMPC, pues SCA se negó a participar.

A dicha instancia de mediación fue invitada CONADECUS junto a ODECU. Aceptamos esa invitación, pero no estuvimos disponibles para retirar nuestra demanda colectiva. Entendimos que esa demanda era el instrumento eficaz para obtener un acuerdo de compensación exigible ante los tribunales.
Al más puro estilo de David y Goliat, Conadecus decidió continuar en tribunales. Los hechos nos dieron la razón, pues el 29 de febrero de 2016 la justicia declaró admisible nuestra demanda.

Más tarde, luego de transcurridos 481 días desde que Conadecus demandara a CMPC ante la justicia, tanto el SERNAC como ODECU tuvieron que hacerse parte de nuestra demanda, atendido que la mediación que llevaba adelante el SERNAC carecía de validez jurídica.
En marzo de 2017, la admisibilidad de nuestra demanda fue ratificada por la Corte de Apelaciones de Santiago, consolidando nuestra posición legal.
A esas alturas ya se había conseguido el primer acuerdo parcial, por lo cual Conadecus decidió terminar la causa contra CMPC y continuar la demanda colectiva solo contra SCA.

Finalmente, el acuerdo extrajudicial al que llegó Conadecus, Sernac, Odecu y CMPC, por el cual estipula que alrededor de 14 millones de personas mayores de 18 años reciba un pago único de $7 mil pesos fue ratificado por el 10° Juzgado Civil de Santiago a través de una conciliación.
Si bien la Corte de Apelaciones de Santiago ratificó el acuerdo alcanzado entre Conadecus, Sernac, Odecu y CMPC, éste no pudo ser ejecutado en ese momento. Se presentaron recursos por terceros. Un recurso, presentado por la Asociación de Consumidores de Chile (Asocochi), fue rechazado debido a que la interposición se realizó fuera de plazo. Pero un recurso de casación, que alegaba que sus representados, miembros de comunidades indígenas, no disponían de una cuenta en Banco Estado sí fue aceptado el 31 de octubre. Por ello hubo que realizar un nuevo examen de admisibilidad.

Mientras, en noviembre de 2017 el Tribunal de Libre Competencia confirmó la condena a la papelera SCA por la colusión en sus productos de papel tissue con CMPC desde el año 2000 hasta diciembre de 2011, y ordenó aplicar “el máximo de la multa solicitada” por la FNE, de 20 mil Unidades Tributarias Anuales, cerca de 18,3 millones de dólares.
Respecto del recurso de casación antes mencionado, Conadecus y CMPC solicitaron en febrero de 2018 que se revocara la admisibilidad de ese recurso, acción que fue acogida. Sin embargo, con fecha 16 de febrero, la Corte Suprema rechazó nuestra solicitud.

Finalmente, en mayo de 2018, la Corte Suprema rechazó el recurso de casación y tras cerca de 1 año y 4 meses desde que se alcanzó el acuerdo compensatorio entre CMPC, Conadecus, Sernac y Odecu, se da luz verde al pago de la compensación a todos los mayores de 18 años.
También en mayo, el 10° Juzgado Civil de Santiago dicta el cúmplase de la sentencia para el histórico acuerdo conciliatorio entre Conadecus, Sernac, Odecu y la empresa CMPC en el caso de la colusión del papel tissue.

El Acuerdo

El monto que ofreció CMPC sobre la base de su informe económico fue de US$ 60 millones. Durante la negociación se avanzó primero a US$ 90 millones, luego a US$120 millones. El proceso se cerró cuando el director del Sernac exigió US$ 150 millones, que fue el monto definitivo.
Como resultado de lo anterior, el 1° de agosto comenzó la devolución del pago de los 7 mil pesos. Con gran satisfacción podemos afirmar que a la fecha 11 millones y medio de consumidores ya han recibido el dinero, lo que equivale al 86% del universo total que cumple con los requisitos y 1.556.527 consumidores se inscribieron en el sitio www.micompensacion.cl

En adición al monto obtenido para compensar a los consumidores, informamos que Conadecus recibió $2.275 millones. Debe aclararse, en primer lugar, que los recursos no provienen de los US$ 150 millones ($97 mil 500 millones de pesos chilenos), sino que corresponden a un monto adicional acordado en la conciliación.
De estos recursos, un 60% fue destinado a cancelar las costas procesales que se acordaron con CMPC a los equipos de abogados y de economistas, cuya labor fue necesaria para estos fines.

Como somos una entidad sin fines de lucro, cuyo directorio es ad honorem y que no distribuye excedentes, el 40% restante de los recursos solo puede ser destinado a sufragar costos de tareas propias de nuestro quehacer, a los gastos de la campaña comunicacional llevada adelante para informar a los consumidores del acuerdo y de los mecanismos para acceder a la compensación, y al fortalecimiento de nuestra organización para el desarrollo de las tareas que nos señalan nuestros estatutos.
Dentro de las labores que realiza Conadecus a través de sus profesionales está la entrega de asesoría legal gratuita de forma presencial, telefónica y digital. Asimismo, realizamos capacitaciones en diversas zonas del país, donde se informa y orienta sobre todo lo que atañe a la Ley del Consumidor. También forman parte de esas tareas la edición del diario “La Voz del Consumidor”, que se distribuye en todo Chile en formato papel y digital, las campañas de difusión en redes sociales y las acciones de fortalecimiento del movimiento de consumidores en el país por el que se informa y orienta respecto de lo que atañe a la Ley del Consumidor y a los derechos de los consumidores.

Comentarios finales

El directorio de Conadecus está orgulloso del logro alcanzado en esta disputa por la defensa de los consumidores de Chile dañados por la colusión del papel tissue. Por una parte, se ha obtenido una compensación para todo consumidor, inédita en la historia de Chile. Por otra, nuestra organización se ve fortalecida para continuar ejerciendo su rol de defensora de los derechos del consumidor y para abordar los desafíos que se le presentan con motivo de la nueva institucionalidad que nos rige.

Hernán Calderón, Presidente de Conadecus

Publicado por
Conadecus

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