Las empresas denunciadas no contaban ni con la oferta ni la información de los créditos universales atentando contra el derecho de los consumidores a la libre elección
Un monitoreo realizado para verificar el cumplimiento de la nueva Ley del Crédito Universal en 40 instituciones financieras dejó al descubierto el incumplimiento en cinco empresas.
Junto a un notario, el SERNAC constató en terreno si se ofrecía la Tarjeta de Crédito Universal y se informaba clara y visiblemente sobre los cupos, la estructura de comisiones e intereses, los gastos asociados y la CAE (Carga Anual Equivalente) por el total del cupo calculado a 36 meses.
Las empresas Dijon y su emisora Dijon Ltda, Cruz Verde y su emisora Solventa, Salcobrand y su emisora Matic Kard, Unimarc y su emisora SMU Corp y Banco Ripley no pasaron la prueba y serán denunciadas a la Justicia por no tener ni la oferta ni la información de la Tarjeta de Crédito Universal.
El sentido de la Ley es que los consumidores puedan tener la información para vitrinear créditos con facilidad y si una empresa no cumple, está atentando contra su derecho a elegir libremente y a recibir información veraz y oportuna sobre los productos y servicios.
Agrega que “así como las tiendas tienen el precio del pantalón, las empresas financieras deben tener el valor del crédito a la vista”.
Asimismo, hoy existe un nuevo indicador, el Costo Anual Equivalente o CAE, que se expresa en porcentaje y “permite a los consumidores comparar peras con peras y manzanas con manzanas”.
El CAE incluye todos los costos del crédito y el consumidor podrá saber cuál institución es la más barata y la más cara con mayor facilidad.
El crédito universal servirá de referencia, pues el costo para cada consumidor dependerá de su evaluación crediticia.
Este es un primer paso y un calentamiento de motores para la entrada en vigencia del SERNAC Financiero que permitirá que estas reglas se apliquen al crédito de cada persona. Hasta ahora los consumidores necesitaban saber matemáticas avanzadas para entender cuánto tenían que pagar con el crédito. Hoy esta herramienta, es un avance para hacerles la tarea más fácil y puedan elegir la mejor opción”, indica la autoridad.
Concluye que con mayor transparencia “no sólo ganan los consumidores que pueden comparar: también las empresas que podrán mirar en qué lugar están y fomentar la competencia. Estaremos monitoreando permanentemente que se cumplan las nuevas reglas en beneficio de los consumidores”.
Las empresas arriesgan multas de hasta 100 UTM.
Tarjeta de Crédito Universal
Todas las empresas financieras deben ofrecer la Tarjeta de Crédito Universal para líneas de crédito de hasta 500 UF.
Las instituciones financieras no pueden exigir la contratación de seguros adicionales asociados a la Tarjeta de Crédito Universal. Si el consumidor decide voluntariamente contratar un seguro, deberá quedar constancia en una declaración de que lo aceptó expresamente.
Las comisiones y otros gastos asociados a la tarjeta deberán corresponder a los servicios efectivamente prestados y acordados en el contrato.
Los estados de cuenta deberán contener como mínimo información de quién es el titular del crédito, el período que abarca el cobro y el monto a pagar. Si se ofrece un monto mínimo de pago deberá indicarse cuánto tendrá que pagar el consumidor para saldar la deuda en 3 años.
Se debe informar además:
·Los cobros por gastos asociados al crédito y los intereses.
·La indicación de la Carga Anual Equivalente considerando que el crédito se paga en tres años y que las cuotas son idénticas.
·Los mecanismos para reclamar.