Conadecus participa en la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones del Senado que se realizó el pasado lunes 13 de agosto, donde participaron las principales operadoras para que argumentaran sobre los temas contingentes al Espectro de Telecomunicaciones, específicamente para referirse al fallo de la Corte Suprema en relación a la banda 700 MHz, y el congelamiento de la explotación de la banda 3500 MHz decretado por la Subtel.
Un poco de historia
La Corporación Nacional de Consumidores, Conadecus, el 6 de marzo de 2014 acusó a las operadoras de apropiación de espectro ante el Tribunal de la Libre Competencia TLDC, pero el tribunal falló a favor de las operadoras. Es por esto, que en una nueva instancia, Conadecus presentó un recurso ante la Corte Suprema.
El fallo de la Corte Suprema, argumenta que las operadoras superaron el umbral de ancho de banda de 60MHz establecido en el decreto Nº2 de 2005 por el Tribunal de la Libre Competencia, con la finalidad de mantener una sana competencia entre los actores de las telecomunicaciones.
La Excelentísima Corte Suprema ratificó el límite de los 60MHz de ancho de banda de espectro. Luego de que Subtel adjudicara el concurso de la banda 700 MHz, el mapa de distribución del Espectro usado para telefonía móvil quedó distribuido de esta manera:
Las tres operadoras más grandes del país superaron la asignación de ancho de banda del espectro establecida: Entel el con 150MHz, Claro y Movistar con 115MHz cada una.
Subtel argumentó que la banda 3500MHz es esencial para el despliegue del 5G en Chile, junto con definir que las operadoras no estaban usando la banda, o la estaban ocupando para otro servicio para el cual no fue licitada, razón por la cual se emitió el decreto que congela la banda 3.5 GHz.
Comisión de Transporte y Telecomunicaciones del Senado
A la cita del pasado lunes, asistieron los Senadores que forman parte de la comisión, Subtel y las operadoras de Telecomunicaciones: Telefónica, VTR, Entel, Claro y GTD.
El Presidente de Conadecus, Hernán Calderón, afirmó “estamos de acuerdo con la medida de 3.5 Ghz, vemos el caso de VTR que se adjudicó la banda AWS y después se convirtió en operador móvil virtual”.
Conadecus ha jugado un rol esencial en defender los principios de la libre competencia, consagrados en el DL 211 de 1973, ya que dichos principios favorecen a los consumidores. Ejemplo de lo anterior es el reciente fallo de la Corte Suprema que reconoció que Entel, Movistar y Claro atentaron contra el DL 211, obligándolas a desprenderse de espectro radioeléctrico adquirido de manera indebida. Cabe recordar que esa es solo una de las diversas condenas que afectan a las citadas empresas, por poner obstáculos a la libre competencia, pero es un fallo esencial, ya que reconoce también las obligaciones y potestades de Subtel en la administración
Por su parte Manuel Araya, Gerente de Regulación y Asuntos Corporativos de Entel, responde a las acusaciones de Telefónica, acotando que el uso de la banda 3500 MHz, está habilitada para servicios fijos e Internet inalámbrica, esto para hacer hincapié que su servicio BAFI se ajusta a las bases de la licitación de 3.5 GHz.
Cristián Salgado, Gerente Legal y de Regulación de Claro, fue enfático y mencionó que la intervención de la Corte Suprema no se ajusta, en el sentido de que la que debe decidir por el Espectro es Subtel.
Existe una desproporcionalidad del fallo, con esto sólo vemos que de aquí en adelante la Corte Suprema es la que falla, generando o no certeza jurídica.
Alberto Bezanilla, Gerente General de GTD, acota que es posible que ellos liberen la banda 3500 MHz, siempre que técnicamente sea posible que sus clientes mantengan la calidad de su servicio. Nosotros necesitamos de la banda 3.5 GHz, pero también vemos que es importante para el futuro la necesidad de revisar el uso. Nuestra principal preocupación son los clientes, en zonas donde si no estamos nosotros, no hay nadie, y si bien nos acogimos a la declaración de Atelmo, estamos dispuestos a aclarar las disposiciones técnicas de cómo se va a ejecutar y vamos a proceder según lo requerido por la Subtel.