La Corporación Nacional de Defensa de Consumidores y Usuarios –CONADECUS-, presentó esta mañana, una demanda Colectiva por colusión en el caso llamado Cartel de los pollos, por medio de los abogados Andrés Parra Vergara (fono 98205466) y Mario Bravo.
Las prácticas declaradas anticompetitivas por la Sentencia N° 139/2014 del TDLC, y confirmadas por la Excma. Corte Suprema, fueron desarrolladas por las empresas Agrosuper, Ariztía y Don Pollo entre 1996 y 2014, periodo conforme al cual se han calculado los perjuicios en la presente demanda.
Dichos perjuicio corresponden, en términos generales, a las ventas mayoristas de carne de pollo en el período en cuestión (expresadas en kilógramos), valoradas de acuerdo con la diferencia entre los precios mayoristas que los productores cobraron por sus ventas al por mayor, y los que debieron haber cobrado, si el mercado hubiese funcionado de manera competitiva (es decir, sin colusión).
Tomando en consideración las participaciones de mercado de las demandadas, del perjuicio total de $ 830.003.000.000 (ochocientos treinta mil tres millones), a Agrosuper le correspondería indemnizar $ 502.630 millones (un 60,6%), a Ariztía $ 255.071 millones (un 30,7%) y a Don Pollo $ 72.301 millones (un 8,7%), sin perjuicio de lo que S.S. determine a este respecto. (unos mil doscientos millones de dolares).
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19 Dic 2024