La organización de consumidores calificó como una vergüenza el dictamen que benefició Pablo Alcalde. En tanto, la Superintendencia de Valores y Seguros evaluó recurrir a la Corte Suprema ante el fallo que benefició a unos de los principales imputados por fraude financiero que afectó a miles de personas.
El presidente de la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios (Conadecus), Hernán Calderón, calificó como una nueva vergüenza judicial la reciente decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago de anular la multa a uno de los principales imputados en el caso fraude financiero de La Polar.
En una primera instancia, el ex gerente de la multitienda, Pablo Alcalde, había sido sancionado a pagar 25 mil Unidades de Fomento, unos 625 millones de pesos. Sin embargo, en fallo unánime, la Tercera Sala del tribunal de alzada capitalino acogió el recurso presentado por la defensa del ex ejecutivo en contra de la resolución dictada por el Décimo Octavo Juzgado Civil de Santiago.
El representante de Conadecus indicó que en la actualidad las millonarias multas son el principal disuasivo para que este tipo de delitos no ocurran, pero precisó que con el dictamen se vuelve a reafirmar la impunidad.
“Es bastante negativo que la Corte haya eliminado esa sanción. Provoca que uno llegue a la conclusión de que los delitos de cuello y corbata gozan de una impunidad impresionante. Siempre salen libres de polvo y paja estos ejecutivos de grandes empresas que han cometido delitos y otros en cambio, por infracciones menores tienen durísimas sanciones”.
La corte capitalina estimó que a Pablo Alcalde se le aplicó una figura administrativa, cuando penalmente ya había sido sancionado por el Segundo Juzgado de Garantía de Santiago. Con este argumento, anuló la multa aplicada por la Superintendencia de Valores y Seguros, acogiendo el recurso de reclamación de la defensa del condenado.
El profesor de derecho penal de la Universidad de Chile, Jonatan Valenzuela cuestionó la decisión estipulada por los jueces:“Me parece discutible porque el dictamen descansa en la falta de distinción entre el contexto probatorio de la materia procesal penal y el contexto probatorio en materia administrativa. Si uno afirma que existe infracción de non bis in ídem, cada vez que concurran sanciones penales y administrativas, entonces desconoce la existencia de estándares probatorios diferenciados para las infracciones administrativas y para los delitos, y eso provocaría el colapso del Derecho Penal o el Derecho Administrativo, no lo podríamos distinguir”, detalló.
El caso La Polar se conoció el año 2011 cuando se reveló que los máximos ejecutivos de la multitienda realizaron repactaciones unilaterales en las deudas de más de un millón de clientes entre 2006 y 2011.
Cinco años después y ante el revés judicial aplicado en beneficio de Pablo Alcalde, la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) evaluó recurrir a la Corte Suprema, luego de que en segunda instancia se dejó sin efecto la sanción.
El diputado del PPD y ex integrante de la comisión investigadora que revisó este caso, Joaquín Tuma, indicó que se deben agotar todos los recursos judiciales para que el máximo tribunal castigue económicamente a uno de los principales responsables del delito.
“Espero que la Corte Suprema dicte sentencia ejemplar sobre este caso, se evite que haya impunidad y que se reconozca que aquí ha habido un juicio que va a terminar con las sentencias más justas que el máximo tribunal tiene que señalar”.
El abogado defensor del ex ejecutivo, Jorge Bofill, aseveró que se están preparado para una eventual apelación de la superintendencia ante la Corte Suprema. Precisó en entrevista con La Segunda que recurrirán con la misma argumentación que lo exculpó de la multa: “Pablo Alcalde no puede ser juzgado dos veces por un mismo hecho, es algo que hemos repetido siempre”.
El ex presidente de La Polar, junto al ex gerente de Productos Financieros, Julián Moreno y la ex gerenta de Administración, María Isabel Farah fueron condenados a cinco años de cárcel y el pago de millonarias sumas de dinero.
Sin embargo, mediante un juicio abreviado el tribunal accedió a la petición de la defensa para que los ex ejecutivos cumplan la condena en libertad vigilada, como autores del delito de entrega de información falsa al mercado, lavado de dinero y declaración maliciosamente falsa.
Fuente: RadioUChile