La Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios –CONADECUS-, se presentó mañana martes 15 de noviembre a las 10:00 horas a audiencia en el Tribunal de Defensa de Libre Competencia –TDLC- por la consulta realizada sobre la compra que hizo Unión Fenosa de CGE y la integración vertical u horizontal del mercado de gas en Chile.
En la audiencia concurrieron el presidente de la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios, Hernán Calderón Ruíz y el abogado de la organización, Mario Bravo. Este caso se abrió a comienzos de año, cuando la Corte Suprema ordenó al TDLC tramitar la consulta, luego que esta entidad se negara a indagar la solicitud de la asociación de consumidores.
La orden del tribunal –que da 20 días para ser cumplida y permite a quienes consideren reservadas algunas informaciones entregar una versión pública– la suscribe como presidente Eduardo Saavedra, dado que el presidente titular, Enrique Vergara, se inhabilitó –tras la recusación ‘amistosa’ de Conadecus– por haber emitido opinión sobre el tema con anterioridad.
Fuentes del caso creen que este primer paso evidencia que el tribunal se está tomando en serio la investigación y que esta podría alcanzar un rumbo insospechado pese al poco interés que ha tenido el Gobierno en que la concentración y la integración del negocio del gas se morigeren. De hecho, en la regulación al gas en trámite en el Congreso ni siquiera se aprobó regular el cruce de intereses en los directorios.
El tribunal requiere información a todos los actores del sector, incluyendo privados y el Estado. En el primer caso le solicita a Metrogas que informe sobre el costo al que llega el gas natural al país y los contratos que lo demuestren. El periodo que deben abarcar estos antecedentes va de 2007 a la fecha.
Junto con ello, Metrogas, la firma que –junto a Gasco– es parte de los activos que adquirió Gas Fenosa al tomar el control de CGE en 2014, deberá indicar la evolución de sus clientes residenciales y comerciales por comuna en la Región Metropolitana para el mismo periodo y, también, deberá indicar sus proyecciones de clientes residenciales.
El tribunal también acude al propio Gas Natural Fenosa, en Chile, solicitándole todos los documentos y antecedentes relativos al proceso de reorganización societaria de Gasco S.A. que resultaría en la división de los negocios de gas licuado de petróleo y de gas natural en dos sociedades distintas; los mismos antecedentes que requiere a Gasco.
Para Conadecus esta información es relevante, pues –a su juicio– el mercado del gas no está funcionando competitivamente, debido al cruce de propiedad que hay a nivel local.
Gasco es uno de los mayores actores del gas licuado del país y Metrogas es monopolio del gas natural en la Región Metropolitana, por lejos el mayor mercado residencial de este producto en Chile.
Además, entre los accionistas de Metrogas está Copec, precisamente la mayor dispensadora de combustibles del país, que incluye la venta de kerosene (parafina), producto utilizado para calefacción al igual que el gas natural y el gas licuado. No solo eso. Copec también es dueña de Abastible, competencia de Gasco en el gas licuado. Es decir, existe abundante evidencia de integración horizontal en este mercado.
Pero, adicionalmente, está la integración vertical del gas natural que Metrogas distribuye en Santiago, por el cruce de propiedad con GNL Quintero, la empresa que importa, regasifica e inyecta el gas natural licuado a los gasoductos que llegan a las ciudades.
Así las cosas, el tribunal parece comenzar a adentrarse en los vericuetos del sector, el cual ya ha mostrado cambios para enfrentar estas dudas. Recientemente, se anunció la división de Gasco y Metrogas, incluyendo separación de directorios, de manera de evitar el cuestionamiento referido. Sin embargo, para Conadecus esto es insuficiente, pues en el fondo siguen compartiendo la propiedad (Gas Fenosa) y solo ponen nombres distintos en las mesas directivas.
El TDLC podrá adentrarse entonces en el nivel de independencia que tienen ambas compañías para determinar si existe conflicto de interés, si están compitiendo ambas compañías o si al evitar el interlocking se está favoreciendo genuinamente la competencia.
El Tdlc no solo va por Metrogas y Gasco. Al Gobierno le pide que entregue el informe elaborado por el Banco Mundial denominado “Improving Natural Gas Distribution in Chile” que ya adelantó el nivel de concentración que tiene el sector en Chile; las plantas regasificadoras móviles que existen y cuántas de entre ellas se encuentran disponibles para operar, indicando sus montos de inversión, costos de operación, la capacidad, la propiedad y ubicación de las mismas. Adicionalmente, le requiere el informe de LeFort Economía y Finanzas, “Informe final metodología y estimación de la tasa de costo de capital de una empresa de distribución de gas de red en Chile”, elaborado en 2014.
A la Comisión Nacional de Energía (CNE), en tanto, el tribunal le pide un informe sobre la estructura de las tarifas de venta y su fórmula de cálculo en los terminales de gas natural licuado de Quintero y Mejillones, además de uno que describa las capacidades disponibles de almacenamiento y regasificación en los terminales de gas natural licuado de Quintero y Mejillones. También le ordena dar a conocer el polémico informe que hizo Valgesta Energía (“Análisis de costos de explotación y de valor nuevo de reemplazo de las empresas concesionarias de servicio público de distribución de gas de red para el chequeo de rentabilidad del período 2012 y 2013”), de 2014, que generó la disputa pública con Metrogas a propósito de la medición de rentabilidad de la compañía (que superó límites legales).
El TDLC también solicita oficiar a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles para que informe sobre las ventas mensuales de gas licuado, por empresa, en las diferentes regiones del país, desde el año 2007 a la fecha y las restricciones por razones de seguridad que existen para el uso de cilindros y estanques de gas licuado en los diferentes tipos de viviendas e instalaciones industriales. También pide oficiar al Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) de manera que entregue las encuestas de precio de gas licuado en las distintas ciudades del país, desde el año 2007 a la fecha, por diferentes zonas geográficas.
En línea con las dudas sobre el gas natural, el tribunal apunta a GNL Chile S.A., la firma donde –además de los privados– está como punta de lanza Enap, la refinadora de petróleo estatal que vende sus derivados a las distribuidoras de combustible como Copec. El Tdlc le pide que informe acerca de los productores, comercializadores e intermediarios a quienes les compra gas natural, para que acompañen los contratos de venta de capacidad de almacenamiento y regasificación, así como de venta de gas natural regasificado, celebrados con sus clientes durante los últimos diez años.
También les solicita su capacidad instalada y tasa de uso de sus instalaciones –desde su puesta en marcha hasta la actualidad– y su política relativa al uso o comercialización de la capacidad ociosa y del excedente existente en sus instalaciones, esté o no contratada con terceros desde que comenzó a funcionar. Incluye requerir información sobre la estructura de las tarifas que cobra por los servicios que presta.
En Quintero también hay generadoras eléctricas que usan GNL para sus centrales. Por ello, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia pide a Endesa, a Metrogas y Enap que indiquen la capacidad de almacenamiento y regasificación contratada en dicho Terminal y el porcentaje de utilización respectivo desde el comienzo de su operación a la fecha, además de los contratos de abastecimiento de gas natural celebrados desde el comienzo de su operación hasta ahora.
En la resolución de ayer el tribunal incluye consultas a Colbún y AES Gener –los otros dos actores relevantes de la generación eléctrica en el país y que usan GNL– para que presenten los contratos de compra o suministro de gas natural que utilizaban para la generación en sus plantas generadoras de ciclo combinado o para otra finalidad, en los últimos diez años y que acompañen los contratos que digan relación con el almacenamiento y regasificación de gas natural en el Terminal de Quintero y con el transporte por la red de Electrogas. Al mismo grupo les requiere que informen quién les provee de gas y cuál es el costo por BTU (unidad de medida del gas natural) al cual adquieren el gas natural puesto en el gate de Santiago, desde 2007 a 2016.
A Electrogas, en tanto, le pide que indique la capacidad instalada de su red de transporte de gas natural y sobre el uso efectivo de la misma, desde 2007 a 2016; de los programas de obras de ampliación del gasoducto, las condiciones de contratación de uso de su gasoducto bajo el sistema de acceso abierto, y si publica las tarifas por el servicio de transporte de gas que presta.
En tanto que a Enap, le requiere los contratos de venta directa y en el mercado secundario de gas natural suscritos desde 2007 a 2016 y los contratos de compra de gas natural suscritos desde el año 2007 al 2016. Mientras que a GNL Quintero le solicita su capacidad instalada y tasa de uso de sus instalaciones desde su puesta en marcha a hoy, además de su política relativa al uso o comercialización de la capacidad ociosa y del excedente existente en sus instalaciones, esté o no contratada con terceros, desde su puesta en marcha hasta hoy. Lo mismo solicita para GNL Mejillones, replica de Quintero en el norte.
También oficiará a la Fiscalía Nacional Económica (FNE) para que entregue copia del expediente de investigación de 2014, donde analizó la llegada de Gas Fenosa a CGE, incluyendo “anexos confidenciales del informe de archivo de dicha investigación”, al tiempo que sumará al expediente la carpeta del caso en que la Municipalidad de Maipú acudió al tribunal por las tarifas de Metrogas.
Y a la Superintendencia de Combustibles también le requerirá, además de los antecedentes sobre el gas licuado, la identidad y el consumo anual de los veinte grandes clientes de gas natural que hayan registrado un mayor consumo promedio en el país en los últimos cinco años, excluidas las centrales generadoras de energía eléctrica, además de la estructura de las tarifas de venta y su fórmula de cálculo en los terminales de gas natural licuado de Quintero y Mejillones, y las capacidades disponibles de almacenamiento y regasificación en los terminales de gas natural licuado de Quintero y Mejillones.
Quienes transportan el gas también serán requeridos. El Tdlc pidió oficiar a Gasoducto Norandino S.A., Gasoducto Tal Tal S.A., Gasoducto Atacama Chile S.A., Gasoducto del Pacífico S.A., Gasoducto GasAndes S.A. e Innergy Transportes S.A. para que describan la capacidad instalada de su red de transporte de gas natural y sobre el uso efectivo de la misma, desde 2007 al 2016. Junto con ello, pide los programas de obras de ampliación de sus gasoductos y las condiciones de contratación de uso de sus gasoductos bajo el sistema de acceso abierto, y que indique también si publica las tarifas por el servicio de transporte de gas que presta. Requeridos por este medio, en CGE declinaron hacer comentarios, al igual que en Endesa y el Gobierno.
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18 Dic 2024