La Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios -CONADECUS- junto al Servicio Nacional del Consumidor, presentaron hoy una demanda colectiva en contra de la empresa de Créditos Organización y Finanzas S.A. (COFISA), actual administradora de la tarjeta ABCDIN.
“Esta es una nueva arista de las cláusulas abusivas” sostuvo el presidente de CONADECUS Hernán Calderón, “puesto que todo lo cobrado por administración de tarjetas más allá de las comisiones es interés, según ratificó la Corte Suprema, aunque estén encubiertos”, agregó.
Al respecto, el Director Nacional del SERNAC, Ernesto Muñoz, explicó que cuando se conoció públicamente el fallo de la Corte Suprema, el Servicio indicó que analizaría los alcances para iniciar acciones que permitieran establecer las sanciones civiles en beneficio de los consumidores, lo que se concreta el día de hoy con la presentación de esta demanda.
A través de esta acción la asociación de consumidores y el organismo estatal buscan que la compañía financiera restituya el dinero y compense a los consumidores afectados por cobros de comisiones por sobre la Tasa Máxima Convencional (TMC) en operaciones de crédito al usar la tarjeta de crédito de las tiendas ABCDIN.
La empresa administradora de la tarjeta, sumaba una comisión variable mensual (AVM) a la tasa de interés que aplicaba cuyo cálculo se asociaba al plazo y número de cuotas de cada operación, pasando así a formar parte del interés.
Esta demanda colectiva, presentada en forma conjunta por CONADECUS y el SERNAC, se presenta luego que la Corte Suprema condenara a COFISA por haber infringido la Ley del Consumidor (LPC) y declarara que la cláusula del contrato de adhesión donde se contemplaba la referida comisión variable mensual se debe tener por no escrita.
En la sentencia, el Máximo Tribunal del país le aplicó a COFISA una multa de 100 U.T.M. (esto es, cerca de $4 millones 450 mil), monto que se dividió en 50 U.T.M. por falta de información respecto de la tasa de interés, y 50 U.T.M por aplicar cobros de intereses superiores a la Tasa Máxima Convencional.
En su fallo, la Justicia estableció que la cláusula del contrato de apertura de crédito y afiliación al sistema y uso de la tarjeta de crédito DIN, donde la empresa se facultaba para aplicar esta comisión variable mensual, se tenía por no escrita, quedando prohibido el cobro de dicha comisión.
No obstante, y si bien la Corte le dio la razón al SERNAC, no determinó indemnizaciones para los consumidores que se vieron perjudicados por los cobros aplicados por la empresa, lo que justamente se busca corregir con esta nueva acción legal.
Por ello, esta nueva demanda, busca que la justicia condene a COFISA a restituir el dinero cobrado de más a los consumidores afectados con el cobro de aquella comisión, con reajustes e intereses legales. La idea es que se restituya el dinero por 10 años hacia atrás contado desde el cese efectivo del cobro de la comisión denominada AVM.
Esta acción conjunta, obedece a que CONADECUS también se hizo parte en la última instancia ante la Corte Suprema en diciembre 2014, del juicio colectivo del SERNAC.
El objetivo de esta demanda es que los tribunales indemnicen a los consumidores por todos los daños y perjuicios ocasionados a los consumidores, esto de acuerdo con el fallo anterior de la Corte Suprema que indicó que la empresa aplicó cobros por una comisión ilegítima. El universo de afectados y los montos de estos cobros ilegales deberá ser establecido en el marco del juicio colectivo.
En paralelo, el Servicio envió al Ministerio Público los antecedentes el día 18 de Marzo de 2016, por la presunta comisión del delito de usura, tipificado y sancionado en el Código Penal Chileno, bajo el epígrafe “Estafas y otros engaños”.
Contexto
El SERNAC, tras detectar este tipo de cobros, inició durante el año 2005 una serie de juicios colectivos en contra de varias casas comerciales y empresas emisoras de tarjetas de créditos, juicios que culminaron con la suscripción de avenimientos. En este contexto, el 9 de Febrero de 2007 fue ingresada ante la Corte de Apelaciones de Santiago la demanda colectiva COFISA.
En su momento, COFISA S.A., que administraba la tarjeta de crédito de DIN, se obligó a implementar un nuevo modelo de cobros, basados en una disociación entre los cobros por intereses y los cobros por comisiones, lo que finalmente no ocurrió, ya que la empresa continuó cobrando intereses bajo el nombre de una comisión variable mensual (AVM), por lo que el SERNAC demandó nuevamente a la empresa, obteniendo la sentencia de la Corte Suprema en octubre del año 2015.
Existen otras demandas similares que no se ajustan a la LPC, contra Hites, Dijon y Corona.
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21 Nov 2024