El Spam, correo electrónico o publicidad no deseada se encuentra regulado normativamente por la ley del consumidor. Esta señala que toda comunicación promocional o publicitaria enviada por correo electrónico, mensaje de texto, llamada telefónica, correo tradicional, debe indicar:
1.- La materia o asunto sobre el que trata. 2.- La identidad del remitente. 3.- Contener una dirección válida para que el destinatario solicite la suspensión de los envíos, que quedarán desde entonces PROHIBIDOS.
Desde ahora, cuando una persona continúa recibiendo este tipo de mensajes, puede utilizar la plataforma que ha lanzado el Sernac en la cual intermediará para pedir que los usuarios sean borrados de sus listas.
Si la empresa emisora insiste en incumplir la ley, la institución tiene la facultad de multar e incluso iniciar acciones legales contra el infractor.
Para poder realizar esta solicitud, los consumidores pueden acceder a sernac.cl y pinchar en el banner “No Molestar”. Luego, ingrese sus datos, seleccione la empresa y manifestar su voluntad de ser borrado de las listas de envíos masivos publicitarios y/o promocionales.
Conadecus.cl
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21 Nov 2024