Noticia | 11 Septiembre 2018

Consejos para los Consumidores en estas Fiestas Patrias: los consumidores que festejarán tienen derecho a que se les informe y respete el precio

Con el propósito de orientar al consumidor previo a las Fiestas Patrias, les entregamos una serie de consejos en temáticas de consumo para que estén mejor informados.

Es importante recordar a los consumidores que festejarán en estas Fiestas Patrias tienen los mismos derechos que en cualquier época del año, esto es, a que se les informe y respete el precio; a que los productos y servicios no arriesguen su seguridad; a que las empresas respondan si no hacen bien su trabajo; entre otros.
En efecto, la Ley del Consumidor (LPC), resguarda los derechos de las personas en los diferentes ámbitos de consumo, ya sea, en el transporte de servicios de buses interurbanos, como en la contratación de servicios turísticos o al momento de asistir a espectáculos o a restaurantes.

Derechos al viajar en bus

En caso que los consumidores estén pensando en viajar en bus para este Dieciocho, el consejo es cotizar y comprar los pasajes con anticipación, pues de esta forma tendrá más alternativas y más bajos precios.
Previo a la contratación de un servicio de bus interurbano, los consumidores tienen derecho a conocer todas las condiciones relevantes del servicio, por ejemplo, los precios de los pasajes, tipo de bus, horario de salida y llegada al destino, servicio a bordo, entre otras, las cuales deben ser respetadas.

Al momento de iniciarse el viaje, los usuarios tienen derecho a un servicio de calidad, lo que implica, ser transportados en condiciones de seguridad e higiene adecuadas, a las velocidades autorizadas, y a que las empresas actúen de manera profesional en la entrega del servicio.
En caso que el consumidor haya comprado un pasaje y se presente algún problema, tiene derecho a anularlo con 4 o más horas de anticipación. Al hacerlo, la empresa deberá devolver, al menos el 85% del valor del ticket.
En caso de pérdida de equipaje, si el consumidor ha tenido la precaución de declarar el valor de lo transportado, la empresa deberá responder por el total. Para esto, debe solicitar el formulario de declaración de equipaje, el que debe estar disponible en los locales de venta de pasajes.
No obstante, lo anterior, los pasajeros tienen derecho a exigir las indemnizaciones por todos los daños y perjuicios sufridos por los incumplimientos de las empresas.

Derechos al viajar en avión

Al igual que en el servicio terrestre, en el transporte aéreo las compañías deber informar adecuadamente el valor de los pasajes; respetar las condiciones ofrecidas y acordadas, por ejemplo, el horario de las salidas de los vuelos; el servicio a bordo ofrecido, entre otros.
Si por condiciones climáticas, de seguridad o fuerza mayor se suspende o se atrasa un viaje, el pasajero tiene derecho a seguir con el viaje con la demora prevista, anular el pasaje o acordar con la aerolínea el cambio de la fecha del vuelo o cambiar de línea aérea bajo las mismas condiciones contratadas u otras, que se pacten de común acuerdo.
Cuando se produce un retraso o cancelación de un vuelo por responsabilidad de la aerolínea, los consumidores pueden exigir el reembolso del valor del pasaje pagado o embarcarse en el primer vuelo disponible, así como los derechos de asistencia al pasajero, como alimentación, estadía u hotel, llamadas telefónicas, movilización, entre otras.
Además, los usuarios tienen derecho a ser indemnizados en caso de que el retraso del vuelo sea superior a 3 horas; o 4 cuando el avión tenga una capacidad menor a 29 asientos.

Derechos al contratar servicios turísticos

En el caso de los servicios turísticos, los consumidores tienen derecho a saber qué están contratando, a conocer el costo final con todos los cargos incluidos, y a que el precio informado se respete.
Para los usuarios que opten por el servicio de una agencia de turismo, recalcar que este tipo de empresas tienen que responder directamente frente al consumidor en caso de algún incumplimiento, aunque hayan actuado como intermediarias de otras empresas.
Arriendo de departamentos y cabañas
Los consumidores deben exigir un contrato por escrito donde queden registradas todas las promesas efectuadas por el proveedor. Cabe recordar además que todo aquello ofrecido en la publicidad del arriendo, tiene que estar incorporado en el contrato.
De esta forma los consumidores podrán exigir que le entreguen la información relevante sobre la propiedad, ubicación y características y que todo lo ofrecido se cumpla.

Entre las recomendaciones al momento de firmar un contrato están:
– Tratar en lo posible de visitar la propiedad, en caso de no ser posible, verificar que ésta exista antes de realizar cualquier pago anticipado, por ejemplo, averiguando que el domicilio sea real, buscando recomendaciones del lugar, entre otros.
– Recurrir a corredoras con domicilio y representantes identificables, e idealmente, que estén suscritas a alguna de las asociaciones de corredores de propiedades.

Seguridad en las tarjetas
Las entidades financieras tienen el deber de ser profesionales, lo que implica contar con estándares de seguridad, y en caso de producirse alguna clonación de tarjetas o fraudes, lo que se espera es que entreguen soluciones rápidas y oportunas a los afectados.
Si bien de los delitos deben responder los delincuentes, las empresas deben responder siempre que se extienda a su deber de profesionalidad. Por ejemplo, en el caso de clonación, debe tener mecanismos asociados a los medios de pago que tengan prevención antifraudes; y ante un robo de una tarjeta, la entidad siempre tiene la obligación de chequear la identidad de quien la usa.
Si a un consumidor se le cobran compras realizadas por terceros, o por servicios que no contrató, la empresa deberá probar que sus mecanismos fueron seguros y que actuó profesionalmente.
En definitiva, en todo aquello que se extiende en el deber de profesionalidad de mantener estos medios seguros, la entidad financiera tiene que responder, sin necesidad que exista un seguro comprometido.
Consejos de seguridad:
Entre los consejos y recomendaciones a los consumidores para ser víctimas del delito clonación de tarjetas están:
Evitar ocupar cajeros en lugares aislados o con personas desconocidas cerca.
Tapar el teclado con tu mano cuando digites la clave secreta.
No dejar que terceras personas te ayuden a manipular el cajero o tu tarjeta de pago.
Revisar si hay elementos extraños en la ranura de ingreso de la tarjeta, teclado o salida de dinero.
Cambiar la clave frecuentemente. Usar códigos difíciles de memorizar y no anotarlos en la misma tarjeta.
Al pagar, no perder de vista la tarjeta y nunca permitir que pase por más de un lector.
Manipular siempre la tarjeta al momento de pasarla por el lector, dejando que el locatario sólo ingrese el monto a pagar.
Si el usuario sospecha que la máquina de pago está adulterada, el consejo es ingresar una clave errónea. Si la compra es aceptada, el dispositivo está clonando la tarjeta. En este caso, avisar de inmediato a la policía.
Revisar el saldo y si detecta un consumo que no realizó, notifíquelo al banco de inmediato.
Denunciar a la PDI llamando al 134

Espectáculos
Al momento de asistir a un espectáculo, los consumidores tienen derecho a que se desarrolle con seguridad, lo que incluye contar con las autorizaciones correspondientes que lo garanticen y que entradas vendidas correspondan a la capacidad real del recinto.
Cualquier fiesta o espectáculo, debe cumplir las condiciones objetivas informadas o publicitadas. Esto es, si por ejemplo, ofreció a un artista determinado día y en cierta ubicación, es eso lo que el consumidor debe recibir.
Ante la suspensión del espectáculo, el cambio de las condiciones contratadas o cualquier incumplimiento, los consumidores tienen derecho a que se devuelva todo lo pagado, incluyendo el cargo por servicio como lo han ratificado los mismos tribunales en varios casos.
En caso de reagendarse un espectáculo, el consumidor tiene la opción de concurrir, pero también el derecho a solicitar la devolución del dinero pagado.

Restaurantes o bares
En caso de ir a un restaurant o bar, las personas tienen derecho a que se le entregue información veraz y oportuna sobre los precios y las características relevantes de la oferta.
En Chile no se puede exigir la propina obligatoria. Los restaurantes y locales similares pueden sugerir a sus clientes una propina de al menos 10 por ciento en cada cuenta, pero el consumidor puede manifestar su deseo de no pagarla o pagar un monto menor.

Fuente: Sernac

Publicado por
Conadecus

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