Noticia | 9 Noviembre 2013

Consumidores demandan mayores atribuciones para el Sernac

El Sernac lamenta la falta de atribuciones que tiene para ejercer en casos como la clonación de tarjetas, que involucra a varias instituciones bancarias. Ante esto, agrupaciones de consumidores se cuadraron con el servicio, asegurando que éste debe dejar de actuar con herramientas de carácter voluntario.
El director del Servicio Nacional de Consumidores (Sernac), Juan José Ossa, confirmó que la repartición pública cuenta con pocas atribuciones para impartir órdenes directas a bancos o instituciones financieras.
Esto, luego de que la Contraloría emitiera un dictamen en que señala que el Sernac no posee esta facultad, respondiendo al requerimiento de cuatro bancos a raíz del caso clonación de tarjetas.
Ossa aseguró que cualquier política pública que quiera otorgar al servicio la atribución de imponer órdenes en forma directa requiere de un cambio constitucional, ya que hasta ahora son los tribunales los que ordenan las compensaciones.
Ante esto, el presidente de la Organización de Consumidores y Usuario (Odecu), Stefan Larenas, respaldó a la oficina dependiente del ministerio de Economía.
“Yo no sé si necesariamente significa un cambio constitucional o una reforma legal en cuanto a lo que son las atribuciones del Sernac, pero en cualquier caso significa que tiene que haber una reforma, porque hoy día el Sernac, tal como dijo el director, no puede hacer lo que el menciona, tampoco puede multar, tiene que ir a un tribunal igual que usted y yo, igual que una organización de consumidores y ver si el tribunal acepta o no su demanda”, relató.
Larenas lamentó que el Sernac no cuente con las atribuciones, por ejemplo, de una superintendencia, lo que finalmente convierte al servicio en un “buzón” que deriva en la frustración de los consumidores.
Por su parte, Hernán Calderón, presidente de la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios (Conadecus), agregó que las acciones del servicio deben dejar de ser voluntarias.
“Una de las debilidades que tiene el Sernac es que todas las acciones que hace son voluntarias y la única acción concreta que tiene como atribución es que cuando alguien incumple la ley, tiene que hacer una demanda colectiva. Hacer revisiones colectivas es voluntario, revisar los contratos es voluntario, dictar órdenes es voluntario, solo entregar información tiene hoy día un poco más de regulación”, expresó.
Calderón asegura que los avances en la materia son insuficientes y sobre las polémicas acusaciones contra los bancos, propuso que el Sernac pueda intervenir en los contratos que firman los clientes.
“El único mecanismo para que las empresas terminen con las cláusulas abusivas y las malas prácticas es haciendo demandas colectivas, pero todos sabemos los años que se demoran y, por lo tanto, el Sernac no puede obligar a la empresa que tiene un contrato con cláusulas abusivas a que los cambie. Esa sería una atribución para poder empezar a normar, primero que nada, los contratos de las empresas”, afirmó.
El dirigente agregó que al aprobarse el Sello Sernac en el proyecto de ley de Sernac Financiero debió haberse incluido como obligatoriedad la facultad de regulación de contratos de adhesión.
Radio U. Chile, 09, Nov, 2013
 
 
 

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Conadecus

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