Noticia | 21 Diciembre 2012

Consumidores y Concierto de Madonna.

Tras el último concierto de Madonna en Chile, realizado el 19 diciembre de 2012, asistentes al evento manifestaron su descontento por eventuales incumplimientos de las condiciones ofrecidas. Entre ellas, no respetar el horario de inicio del evento -según el ticket, debía comenzar a las 20:00 horas- ni la duración del show.

Ante esto y luego de recibir más de 30 reclamos durante las primeras horas del jueves 20, el Sernac ofició a la productora a cargo del espectáculo, Time For Fun (T4F), para conocer las razones del atraso en el show, el que, según sus asistentes, fue de más de 2 horas, y eventuales incumplimientos de las condiciones ofrecidas.

Los reclamos por el recital de Madonna alcazaban los 650.  |  • 17:00 hrs. jueves 20 de dic.: el Sernac recibía más de 440 reclamos por las condiciones incumplidas en el recital de Madonna en Chile]
En materia de espectáculos, los consumidores tienen derechos y las normas son muy claras de acuerdo a la Ley del Consumidor
Un consumidor que asiste a un espectáculo tiene derecho a:

  • Que se cumpla lo ofrecido;
  • Que existan condiciones de seguridad;
  • Que la empresa responda si no es así.

Por ello, Ossa recordó que “los espectáculos deben cumplir con las condiciones objetivas informadas o publicitadas”.
Si, por ejemplo, se ofreció a un artista determinado día, cierta ubicación, publicidad sobre el inicio del horario del evento, es eso lo que el consumidor debe recibir.
Ante cualquier incumplimiento, los consumidores tienen derecho a que se devuelva todo lo pagado, incluyendo el cargo por servicio, como lo han ratificado los tribunales en varios casos.
Asimismo, tienen derecho a ser indemnizados o reparados por todos los daños que cualquier incumplimiento les haya causado.
La autoridad manifestó que “los consumidores van a un evento a pasar un buen rato, y se produce una gran frustración cuando no se cumple lo prometido”.
“En el Sernac seguiremos monitoreando este caso y tomaremos todas las acciones que nos otorga la ley para defender los derechos de los consumidores”, señaló la autoridad.

  • Que el evento se desarrolle con seguridad, lo que incluye que cuente con las autorizaciones correspondientes que lo garanticen.
  • Las entradas vendidas deben corresponder a la capacidad real del recinto, pues la ley sanciona la sobreventa porque pone en riesgo la seguridad de quienes asisten. Y con la seguridad de los consumidores, no se juega.
  • Cualquier fiesta o espectáculo, debe cumplir las condiciones objetivas informadas o publicitadas. Esto es, si por ejemplo, se ofreció a un artista determinado día y en cierta ubicación, es eso lo que el consumidor debe recibir.
  • Ante la suspensión del espectáculo, el cambio de las condiciones contratadas o cualquier incumplimiento, los consumidores tienen derecho a que se devuelva todo lo pagado, incluyendo el cargo por servicio.
  • Asimismo, tienen derecho a ser indemnizados o reparados por todos los daños que el cambio del evento o cualquier incumplimiento les haya causado

 

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