Siguen adelante las pesquisas para determinar sanciones en el caso colusión del papel. Esta mañana, y tras la negativa del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, la Corte de Apelaciones de San Miguel ordenó al TDLC entregar en un plazo de 48 horas, un informe sobre los antecedentes reservados en el caso colusión del papel tissue por el que se investiga a las empresas CMPC y SCA.
Esto, en respuesta al recurso presentado por la Fiscalía Sur en contra del Tribunal, luego que la entidad se negara a entregar la documentación al Ministerio Público. Con este requerimiento, será la citada corte la que determinará si los fiscales pueden acceder a la información.
CMPC y Sofofa
Luego que el presidente de la Sociedad de Fomento Fabril (Sofofa) Hermann von Mühlenbrock pidiera suspender a la papelera mientras dura la investigación, diversas opiniones se han levantado en oposición a la medida.
Pese a ello, von Mühlenbrock descartó cualquier quiebre al interior del gremio y aseguró que la decisión tomada por el Comité de Ética de la entidad ha sido compartida ampliamente. Incluso, reconoció que casos como éste, perjudican la imagen de la Sofofa: “Sin ninguna duda que nos afecta, nos duele, atentar contra los fundamentos básicos del mercado como la colusión afecta los principios de la Sociedad de Fomento Fabril”.
A través de una carta enviada a un medio de comunicación, Eliodoro Matte, máximo accionista de la CMPC calificó de “favorable” la suspensión impuesta, toda vez que es “una medida razonable en el contexto en la cual ha sido adoptada”.
En tanto, el presidente de la Confederación de la Producción y del Comercio (CPC), Alberto Salas, se mostró de acuerdo con el endurecimiento de las penas en casos de colusión: “Compartimos los temas de que esto debe ser una ley que regule con rigurosidad todo lo que atente contra la libre competencia, que es la esencia de nuestro modelo de desarrollo económico, de transparencia, que se debiera traducir en los mejores bienes, servicios y precios para los consumidores, por lo tanto todo que vaya en contra de ello lo condenamos”, valorando –incluso- la aplicación de multas efectivas y disuasivas, y en casos más graves, las penas de cárcel.
Fuente: RadioUChile