Permite a las víctimas de prisión política y tortura solicitar al Instituto de Previsión Social (IPS) el pago de un aporte único de carácter reparatorio de $1 millón.
Si los titulares fallecen y no alcanzan a cobrar el aporte, las cónyuges recibirán un 60% del beneficio.
No podrán solicitar el beneficio (mientras estén ejerciendo su cargo):
- Presidente de la República.
- Ministros y subsecretarios de Estado.
- Diputados y senadores.
- Intendentes y gobernadores.
- Jefes superiores de servicios.
- Personas que se desempeñen en la administración pública (honorarios, planta o contrata) que tengan una remuneración regular igual o superior al promedio mensual de la recibida anualmente por un funcionario que se desempeñe en el tercer nivel jerárquico (incluidas las asignaciones que correspondan).