Noticia | 29 Noviembre 2017

Empresa eléctrica tiene que pagar millonaria indemnización a cliente

Este 28 de noviembre se acogió la demanda civil de indemnización de perjuicios por daño moral contra Chilectra, empresa que deberá pagar $16.000.000 a la demandante.

La cliente de la distribuidora de energía, Nadezna Vera, denunció a la empresa debido a que en el mes de febrero del año 2014, tomó conocimiento de que habían creado dos número adicionales de cliente para el inmueble de su propiedad, ubicado en la comuna de La Florida.

Estos números estaban a nombre de su arrendatario en ese momento, solicitudes a Chilectra que fueron efectuadas sin el consentimiento ni autorización de la dueña. Esas cuentas siguieron activas y acumulando deudas, siendo que en la propiedad no existían los medidores de forma física.

A pesar de los reiterados llamados de Vera a la empresa eléctrica para regularizar su situación, recién el 4 de julio del año 2016 se arregló el tema del medidor relacionado con su número de cliente. Sin embargo, no se dio respuesta alguna en relación a las otras dos deudas por los medidores que no se encontraban en la propiedad, cuya instalación no se solicitó ni autorizó.

En este sentido, la SEC no ve inconveniente en instalar más de un empalme en instalaciones asociadas a un solo rol, pero para que ello sea factible, las instalaciones deben ser totalmente independientes y contar con numeración propia.

Además de contar con otros requisitos establecidos en el D.S. 327, como copia legalizada de los títulos de dominio sobre el inmueble o instalación o, en su caso, la respectiva autorización notarial para tales fines, otorgada por quien aparezca como dueño de ellos. En este caso ninguna de estas condicionantes se cumplieron, y cuando se hizo ver esta situación a la empresa, “no hicieron nada para solucionar el problema”, afirmó la afectada.

Cabe rescatar que desde que existe la Ley de Protección de los Derechos del Consumidor, después de la sentencia por células madres efectuada el año 2013, esta es la indemnización más alta que ha tenido que pagar una empresa por concepto de daño moral.

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