Noticia | 14 Marzo 2019

Entra en vigencia la nueva “Ley del Consumidor”

Santiago, 14 de marzo de 2019.- La nueva Ley del Consumidor entra en vigencia hoy 14 de marzo, a seis meses de su publicación en el diario oficial. La ley 21.081, conocida como la “nueva Ley del Consumidor” innova en varios aspectos y por los profundos cambios que ésta incorpora,  desde la Corporación Nacional de Usuarios y Consumidores, Conadecus, queremos informarte acerca de esta nueva ley y sus alcances.

Para Hernán Calderón, presidente de Conadecus, esta nueva ley es una buena noticia, ya que tiene avances importantes en materia de derechos de los consumidores y además aumentan las facultades de las asociaciones de consumidores, por ejemplo, se establece la facultad de realizar mediaciones individuales a solicitud de un consumidor y se nos reconoce la facultad para asumir representación jurídica a consumidores ante los juzgados de policía local. Asimismo, se establece la participación de las Asociaciones de Consumidores en las “Mediaciones Colectivas”. Otro dato importante es que las empresas de telecomunicaciones ya no podrán vender servicios atados ni ofertas conjuntas sin ofrecerlos por separado, señaló,

Las Asociaciones de Consumidores (ADC’s) podrán:

  • Realizar mediaciones individuales a solicitud de un consumidor.
  • Podrán realizar Mediaciones Colectivas
  • Mejora a los juicios individuales:
  • Los consumidores podrán ser representados en juicios por un profesional gratuitamente, acercándose a una ADC’s:
  • Los consumidores podrán elegir demandar a la empresa en los tribunales de las comunas en donde ellos viven y no donde se cometió la infracción.
  • Se prohíbe que la empresa contrademanden al consumidor.
  • El plazo de prescripción para denunciar se extiende a 2 años.

 

Multas con la nueva Ley
Multas de hasta 300 UTM por cualquier infracción individual
Multas de 750 UTM por suspender injustificadamente un servicio contratado
Multas de 1.500 UTM si una empresa emite publicidad engañosa
Multas de 2.250 UTM si la publicidad implica daños a la salud
Multas de 750 UTM si una empresa se siega a la fiscalización

 

Mejoras en los procedimientos colectivos (Juicios colectivos)

  • Los juicios colectivos son una herramienta eficaz para la defensa de los consumidores, pues representa a todos los afectados sin tener que hacerse parte en los juicios.
  • En las demandas colectivas, se podrá solicitar al Tribunal la indemnización del daño moral de todos los afectados.
  • Si el motivo de un juicio colectivo es un cobro indebido, el juez podrá ordenar a la empresa suspender dicho cargo mientras se resuelva el caso.
  • Los consumidores afectados podrán declarar como testigos sin ser tachados por tener interés en la causa.
  • Las empresas demandadas están obligadas a entregar al Tribunal todos los antecedentes que éste le pida.

Procedimientos Voluntarios Colectivos (PVC)

  • PVC: proceso que buscará soluciones para los consumidores rápidos y eficientes, sin tener que llegar a juicio.
  • El PVC durará como máximo 3 meses y se podrá extender 3 meses según sea el caso.
  • Los PVC solo pueden iniciarse en caso de que no existan demandas colectivas presentadas anteriormente.
  • Nadie podrá demandar colectivamente por los mismos hechos mientras esté vigente un PVC.

 

La Reforma entrega una serie de beneficios para las Micro y Pequeñas Empresas – MyPEs frente a eventuales infracciones:

  • Determinación de multas: Se rebajará la primera multa en un 70%.
  • La multa puede ser reemplazada por la participación obligatoria en cursos de capacitación sobre derechos y deberes de los consumidores realizados por el Sernac.
  • Se otorga a las Micro y Pequeñas Empresas – MyPEs un plazo de gracia de 10 días hábiles para solucionar las infracciones que el Sernac haya constatado en un procedimiento de fiscalización.

 

 

 

 

 

Publicado por
Conadecus

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