Se publicó en el Diario Oficial el reglamento de la Ley No Chat que prohíbe el uso de celulares y otros aparatos electrónicos que sean ajenos a los vehículos.
De acuerdo con estudios de la Organización Mundial de la Salud (OMS), citados por Conaset, la manipulación de un celular al conducir es similar a manejar en estado de ebriedad, recreando conductas similares como, por ejemplo, la pérdida de reflejos al volante.
El ministro de Transportes, Juan Carlos Muñoz, explicó que la capacidad de reacción de conductores, mientras ponen atención a un teléfono o pantalla, es equivalente al estado de ebriedad. “El manipular el celular aumenta cinco veces de tener un siniestro de tránsito y tres veces la posibilidad de atropellar a un peatón”.
¿Qué dice la ley?
Según detalla la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (Conaset) en su sitio oficial, conducir haciendo uso de un teléfono celular u otro aparato de telecomunicaciones sólo constituía una infracción o contravención grave, salvo que tal uso se efectúe por medio de un sistema de “manos libres”, de acuerdo con las especificaciones que determina el reglamento.
¿Cuáles son las sanciones?
Las multas a quienes no cumplan la normativa va desde las 1,5 a 3 UTM, además de la suspensión de la licencia de conducir entre 45 a 90 días.
El objetivo de esta ley es sancionar como infracción gravísima a los conductores que incurren en estas conductas, con multas entre 1,5 a 3 UTM ($80.000 – $160.000 app), además de la suspensión de la licencia de conducir por un plazo entre 5 a 45 días, el cual puede ser aumentado de 45 a 90 días en caso de reincidencia. Esto es, dos infracciones gravísimas cometidas dentro de los últimos 12 meses.($80.000 – $160.000 app), además de la suspensión de la licencia de conducir por un plazo entre 5 a 45 días, el cual puede ser aumentado de 45 a 90 días en caso de reincidencia. Esto es, dos infracciones gravísimas cometidas dentro de los últimos 12 meses.
Año | Siniestros | Fallecidos | Graves | Menos Graves | Leves | Total Lesionados |
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2011 | 12.982 | 82 | 877 | 680 | 8.143 | 9.700 |
2012 | 14.461 | 86 | 1.012 | 712 | 8.990 | 10.714 |
2013 | 19.153 | 119 | 1.222 | 839 | 10.915 | 12.976 |
2014 | 22.132 | 102 | 1.303 | 857 | 11.427 | 13.587 |
2015 | 22.221 | 113 | 1.503 | 762 | 11.438 | 13.703 |
2016 | 25.092 | 91 | 1.734 | 935 | 12.536 | 15.205 |
2017 | 25.046 | 123 | 1.523 | 848 | 12.219 | 14.590 |
2018 | 24.631 | 150 | 1.645 | 868 | 11.457 | 13.970 |
2019 | 27.651 | 141 | 1.838 | 983 | 12.394 | 15.215 |
2020 | 21.756 | 186 | 1.744 | 864 | 9.399 | 12.007 |
Fuente: Conaset