El Ejecutivo introdujo una nueva indicación al proyecto de ley de libre competencia que convierte en infracción “la participación simultánea de una persona en cargos ejecutivos o de directores en dos o más empresas competidoras entre sí”. Querer convertir lo que se conoce como interlocking en una infracción formal responde al riesgo inherente al intercambio de información entre competidores, lo que podría motivar un actuar coordinado entre ellos.
Sin embargo, el interlocking de directores o ejecutivos entre empresas competidoras puede o no constituir un atentado contra la libre competencia, dependiendo de las condiciones del mercado (tamaño de las empresas involucradas, concentración y desafiabilidad del mercado, etc). Es precisamente esa eventualidad la que dificulta establecer una regla per se que castigue sin excepciones el interlocking. En efecto, en la legislación comparada la regla general es que el interlocking no esté prohibido, sino que se analiza caso a caso aplicando las normas generales de libre competencia. En Estados Unidos, en cambio, sí existe una regulación expresa, pero con excepciones a su aplicación vinculadas al tamaño de los actores involucrados y sus ventas competitivamente relevantes.
En este contexto, la propuesta del gobierno para prohibir el interlocking resulta inadecuada, puesto que no solo establece una prohibición per se sino que propone una definición tan amplia que condenaría situaciones irrisorias, como ser director de una cadena de farmacias y participar de una empresa artesanal de jabones. Es de esperar, por tanto, que la indicación sea rechazada o, al menos, profundamente mejorada.
Fuente: DF
Sin embargo, el interlocking de directores o ejecutivos entre empresas competidoras puede o no constituir un atentado contra la libre competencia, dependiendo de las condiciones del mercado (tamaño de las empresas involucradas, concentración y desafiabilidad del mercado, etc). Es precisamente esa eventualidad la que dificulta establecer una regla per se que castigue sin excepciones el interlocking. En efecto, en la legislación comparada la regla general es que el interlocking no esté prohibido, sino que se analiza caso a caso aplicando las normas generales de libre competencia. En Estados Unidos, en cambio, sí existe una regulación expresa, pero con excepciones a su aplicación vinculadas al tamaño de los actores involucrados y sus ventas competitivamente relevantes.
En este contexto, la propuesta del gobierno para prohibir el interlocking resulta inadecuada, puesto que no solo establece una prohibición per se sino que propone una definición tan amplia que condenaría situaciones irrisorias, como ser director de una cadena de farmacias y participar de una empresa artesanal de jabones. Es de esperar, por tanto, que la indicación sea rechazada o, al menos, profundamente mejorada.
Fuente: DF