El pasado viernes 27 publicamos una información que rectificamos públicamente.
El plazo de 10 días que los estudiantes tienen para ejercer su “derecho a retracto” comienza a partir de la publicación de los resultados de las postulaciones a las universidades y no de los puntajes de la PSU.
Por lo tanto estos 10 días rigen a partir del domingo 12 de Enero. Durante dicho lapso, quienes ya se hayan matriculado en una universidad, instituto profesional o centro de formación técnica, podrán “retractarse”, siempre que se matriculen en una nueva institución.
Este derecho es válido sólo para alumnos de primer año de una carrera o programa de pregrado que acrediten ante la institución respecto de la cual se ejercerá este derecho, encontrarse matriculado en otra entidad de educación superior.
La institución educacional deberá devolverle al alumno todo el pago anual documentado y sólo podrá retener un monto de la matrícula, por costo de administración, que no puede exceder al 1% del arancel anual, según establece la Ley del Consumidor.
Álvaro González Susaeta, Periodista, Conadecus
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