En entrevista con Radio Futuro, Hernán Calderón, presidente de la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios (Conadecus) cuestionó la falta de fiscalización del Sernac a empresas eléctricas tras masivo apagón en Chile, criticando que “no ha aplicado la ley”.
Compensaciones insuficientes
Según explicó Calderón, el artículo 25 A de la Ley del Consumidor establece que, ante un corte de suministro de más de cuatro horas, las empresas deben compensar a los afectados con un monto equivalente a un día completo de consumo. “En consecuencia, si la señora Juanita paga $30 mil de electricidad al mes, le saco el promedio de los 30 días. Es decir, consume mil pesos diarios multiplicado por 10. Así lo establece la ley del consumidor”, señaló. Sin embargo, en la práctica, las indemnizaciones han sido mucho menores.
Un caso emblemático es el apagón de agosto de 2023, donde Enel y Chilquinta ofrecieron compensaciones de apenas 2.500 pesos a los usuarios afectados. “Ese acuerdo no cumple con la ley. Las empresas no pueden compensar con menos de lo que estipula el artículo 25 A”, denunció Calderón.
Pese a esto, el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) avaló el acuerdo, generando fuertes críticas. “Los procedimientos que ha realizado el Sernac con las eléctricas han sido ‘perdonazos’ y no ha aplicado la ley”, agregó el presidente de Conadecus.
¿Quién defiende a los consumidores?
El panorama regulatorio del sector eléctrico en Chile es complejo. Existen al menos cuatro organismos encargados de fiscalizar y regular el mercado: la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), el Coordinador Eléctrico Nacional, el Ministerio de Energía y el propio Sernac. Sin embargo, según Calderón, la legislación “está tan llena de parches que a veces es inentendible”. En cambio, se ha centrado más en facilitar la operación de las empresas que en fortalecer los derechos de los consumidores.