El ministro de Economía, Luis Felipe Céspedes, explicó que se pusidieron en consulta dos reglamentos frente a los cuales se podrá hacer comentarios hasta el 18 de agosto.
El ministro de Economía, Luis Felipe Céspedes, anunció este martes que el gobierno puso en consulta dos propuestas de decreto que buscan elevar la protección de los consumidores financieros frente a las industrias que ofrecen productos y servicios.
Se trata del reglamento sobre medios y condiciones a través de los cuales se manifiesta la aceptación del consumidor para la celebración, modificación o término de contratos de adhesión de productos y servicios financieros; y del decreto que modifica el reglamento sobre información al consumidor de tarjetas de crédito bancarias y no bancarias.
El plazo para consulta vencerá el 18 de agosto, luego de lo cual el Ministerio de Economía propondrá las normas definitivas que entrarán en vigencia una vez que sean publicadas en el diario oficial.
CONSENTIMIENTO
Céspedes explicó que el primer reglamento puesto en consulta señala que la aceptación expresa del consumidor será un requisito ineludible para la celebración, modificación o término de un contrato financiero, lo que significa que un proveedor no podrá modificar ni ponerle término a un contrato de manera unilateral.
El ministro aseveró que esta nueva normativa se ajusta plenamente a los principios establecidos en la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores.
El principal cambio respecto de la situación actual, añadió el ministro de Economía, es que el consentimiento del consumidor podrá manifestarse tanto a través de un documento firmando en papel como mediante medios electrónicos o de comunicación a distancia. En todos esos casos, se exigirá que dichos medios cuenten con claves secretas, mecanismos de seguridad, constancias de recepción y otras medidas que garanticen que ha sido el propio consumidor quien ha manifestado la aceptación.
Además de tener que tener que recurrir a dichos mecanimos para obtener el consentimiento del consumidor, los proveedores deberán guardar un respaldo de esta aceptación, que permita su consulta posterior durante el periodo de vigencia del respectivo contrato y estarán obligados a enviar al consumidor una confirmación escrita de esta aceptación, incluyendo una copia íntegra, clara y legible del acto o contrato modificado, dentro del plazo de 10 días hábiles desde su entrada en vigencia.
A mediados de marzo el gobierno decidió derogar el reglamento de consentimiento expreso en los contratos financieros que había sido elaborado en la administración de Sebastián Piñera y anunció que en su reemplazo se procedería a diseñar una nueva normativa.
La normativa sobre manifestación expresa de la aceptación del consumidor en contratos de adhesión de productos y servicios financieros propuesta por el gobierno anterior se encontraba objetada en el Tribunal Constitucional (TC), el que habría estado a la espera de la definición de la administración de Bachelet para resolver sobre la constitucionalidad del reglamento.
Desde mayo de 2013, los bancos alegan que no pueden aumentar las comisiones en los productos financieros de sus clientes, debido a la incertidumbre regulatoria en que quedó la industria tras la derogación por parte de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (Sbif) de la norma de consentimiento tácito.
TARJETAS DE CREDITO
Junto con lo anterior, el Ministerio de Economía elaboró una propuesta de modificación del reglamento sobre información al consumidor de tarjetas de crédito bancarias y no bancarias. Esta propuesta deroga una norma referida a los contratos a plazo fijo con cláusulas de renovación automática, de modo de adecuarla a la Ley de Protección de los Derechos del Consumidor.
“En la actualidad si el consumidor no acepta las nuevas condiciones propuestas, esto conduce al término del contrato. Es evidente que de este modo la renovación automática se convierte en letra muerta. Creemos que esta fórmula contraviene la ley del consumidor y no está en consistencia con la propuesta que hemos planteado sobre el consentimiento expreso de los consumidores “, explicó Céspedes.
Latercera.cl, 15 julio 20141
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