Noticia | 7 Noviembre 2013

Gobierno retira norma sobre cambios a contratos financieros

Por Carlos Alonso M. Ministerio de Economía ajustará reglamento que en octubre había ingresado a Contraloría. Cartera asegura que norma será repuesta en dos semanas. Privados piden certeza jurídica.
Después de cinco meses de trabajo, que incluyó una consulta pública abierta y varias reuniones con el retail y la banca, el Ministerio de Economía ingresó, el pasado 2 de octubre, a la Contraloría -para su toma de razón- el reglamento que fija los mecanismos mediante los cuales las personas podrán hacer explícito su consentimiento o bien, rechazar las modificaciones que las empresas de ambos sectores pretendan realizar a los contratos financieros. Sin embargo, la norma alcanzó a estar poco más de dos semanas en revisión del órgano fiscalizador, ya que el 18 del mismo mes la cartera decidió retirarla.
¿Las razones? Desde Economía, que confirmó el retiro del reglamento, aseguran que “ello es parte del proceso de toma de razón, donde parte de la función de Contraloría es solicitar, precisar o modificar, algunos aspectos del reglamento”. Desde el órgano fiscalizador afirman que es habitual que durante el proceso de revisión de alguna normativa, un ministerio opte por el retiro transitorio de ésta para realizar modificaciones.
Si bien en la cartera no quisieron precisar cuáles fueron los puntos discutidos con Contraloría, conocedores del proceso afirmaron que uno de éstos apuntaría a la fórmula prevista para caducar los contratos, en caso de que el cliente rechace las modificaciones propuestas por una empresa. Según el reglamento, en caso de que el cliente no acepte los cambios y se trate de un contrato de carácter indefinido, cualquiera de las partes tendrá la facultad de poner término a éste, previo aviso de 30 días de anticipación. Las fuentes consultadas aseguraron que esta fórmula escapa a las atribuciones reglamentarias y requeriría, en cambio, modificaciones de carácter legal.
Mientras en el retail sostienen que “el tema de fondo que cuestionó la Contraloría se relaciona precisamente con cómo se termina el contrato”, en la banca concordaron que “ese es uno de los puntos en discusión y que hasta ahora queda sujeto a mucha interpretación”.
Desde Economía puntualizan, en todo caso, que el reglamento será reingresado en un plazo máximo de dos semanas. “Ahora viene un trabajo del equipo jurídico para consensuar los cambios a implementar. Estos pueden ir desde cambiar palabras, conceptos o precisar algunos puntos”.
MECANISMOS
La normativa, elaborada por la cartera, establece que sólo serán medios tecnológicos y formas de comunicación a distancia válidos para obtener el consentimiento de las personas, aquellos que permitan autentificar y verificar en forma previa la identidad del cliente.
Así, serán mecanismos válidos los terminales de venta electrónicos, páginas web de los proveedores, correos electrónicos, comunicación telefónica con sistemas de grabación, mensajes de textos, dispositivos de autentificación biométrica, cajeros automáticos y cualquier otra forma de firma electrónica obtenida. El reglamento detalla que “de emplearse algunos de los medios indicados anteriormente, los proveedores deberán contar con el respaldo de la obtención de la aceptación”.
La Tercera, 07, Noviembre, 2013
 
 

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