Tras el fallo de la Corte Suprema que dejó sin efecto el alza de las Isapres, la Superintendencia de Salud se refirió a los mecanismos de devolución de estos fondos. En ese sentido, informaron que serán reintegrados como excedentes en los próximos meses. En tanto, si los afiliados no utilizan los excedentes se podrá solicitar la devolución durante el próximo año.
En total las Isapres deberán devolver a sus cotizantes más de diez mil millones de pesos, para ello la Superintendencia de Salud emitió la circular que ordena devolver a los afiliados las alzas de las Isapres anuladas por la Corte Suprema, los montos serán reintegrados en los meses de octubre, noviembre y diciembre en las cuentas de excedentes, y en caso de que no se ocupen estos montos, se podrá devolver mediante transferencias.
Al respecto, el superintendente Víctor Torres, informó que “las Isapres deben devolver los montos cobrados producto del alza del precio base a las personas cotizantes que se le haya aplicado dicho incremento”, es decir, a los afectados en los meses de junio, julio y agosto de 2022.
Asimismo, indicó que “se deben revertir los cambios de plan de quiénes, a raíz del alza, hayan aceptado dicha alternativa, y para quiénes se hayan desafiliado hemos instruido también la reincorporación si así lo quieren las personas afiliadas, que haya sucedido a propósito de esta alza de precios base”.
Durante el debate ante la Corte Suprema para justificar el alza en los planes de las Isapres, los abogados de las aseguradoras privadas dieron a conocer un sombrío panorama económico que afecta a las empresas, como la razón principal del aumento en los valores, alegando que durante el periodo más alto de la pandemia, se generaron millonarias pérdidas, lo que podría derivar en un colapso del sistema, ya que si alguna aseguradora quiebra, otras lo harán, y luego seguirían las clínicas, haciendo que las personas afectadas vayan a Fonasa, colapsando el sistema público.
Desde la Superintendencia de Salud afirmaron que no hay aseguradoras que estén en la categoría de insolvencia, mientras que “desde Conadecus hemos generado demandas colectivas en contra de las Isapres por las alzas unilaterales de los planes, las que aún se encuentran en tramitación”, señaló Antonio Olivares, abogado de Conadecus. En efecto, comentó el -también- abogado de Conadecus, Raúl Toro, “en la última demanda presentada por Conadecus, en julio del año 2021, en contra de las Isapres Colmena, Banmédica, Cruz Blanca, Nueva Más Vida, Consalud y Vida Tres, también se solicitó que se las condene a restituir de las sumas cobradas a los consumidores ilegalmente a través de las alzas unilaterales de los planes por adecuación del precio base, pero por todo el periodo comprendido en entre julio del año 2015 y junio del año 2022; de manera tal que, de acogerse esta última demanda, el monto que deberán restituir las Isapres será significativamente mayor al actual, que -según ellas- amenaza un posible escenario de liquidación. Por lo tanto, de ser cierta la supuesta situación de insolvencia de las Isapres, el futuro de éstas se vería aún más comprometido en caso que la última demanda presentada por Conadecus tenga un resultado exitoso.
¿CÓMO SE REALIZARÁ LA DEVOLUCIÓN DE EXCEDENTES?
La devolución de los dineros cobrados por la Isapre será a través de los excedentes de la misma. En ese sentido los plazos serán los siguientes:
- Si se vio afectado en el mes de junio los fondos serán disponibilizados como excedentes en octubre del presente año.
- Si se vio afectado en el mes de julio los fondos serán disponibilizados como excedentes en noviembre del presente año.
- Si se vio afectado en el mes de agosto los fondos serán disponibilizados como excedentes en diciembre del presente año.
Se podrán realizar todos estos trámites hasta el 31 octubre de 2022 haciendo la manifestación de voluntad a través de cualquier vía.
Asimismo, las Isapres tendrán un plazo de 10 días hábiles a partir del 6 de septiembre de 2022 para informar si van a tener algún tipo de alza del precio base para el próximo año a través de correo electrónico o carta certificada.
En dicha comunicación, las instituciones deberán informar las instrucciones impartidas por la circular de la Superintendencia de Salud, y los plazos para poder revocar el cambio de plan o para reintegrarse a la Isapre.
Fuente: Superintendencia de Salud.