Cristián Reyes
Abogado ex jefe jurídico de la FNE
La memoria es frágil y a veces se piensa que los hechos recientes son inéditos. Pero la única diferencia es que hoy existen medios que masifican y democratizan de mejor manera la información y el sentir de la gente, lo que -en vez de eximirnos- nos exige conocer lo que nos condujo hasta este presente.
En 2005, la Fiscalía Nacional Económica presentó ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia una demanda por colusión contra las isapres ING, Vida Tres, Colmena Golden Cross, Banmédica y Consalud, dado que -a juicio de la FNE- dichas empresas, desde mayo de 2002, y hasta la fecha, coincidieron en ofrecer planes de cobertura máxima de 90-70, es decir, bonificando el 90% del valor de las prestaciones hospitalarias y el 70% de las ambulatorias, uniformando las condiciones de contratación con aquellos que se afilien al sistema y concertándose para limitar su competencia dentro de un marco preestablecido, mediante la negativa de seguir ofreciendo los planes con cobertura máxima 100-80, antes existentes.
Según la FNE, las referidas isapres, que a esa fecha representaban más del 80% del mercado, aumentaron con dicha conducta sus ingresos operacionales en aproximadamente 11,5%, llegando algunas de ellas incluso a triplicar sus utilidades.
Lo señalado dio origen a los autos caratulados “Requerimiento de la Fiscalía Nacional Económica en contra de ING Salud S.A. y Otros”, Rol C N° 77-05, seguidos ante el TDLC.
Después de dos años de juicio, en el que participaron destacados economistas y abogados, y pese a reconocer el cambio simultáneo de coberturas por parte de las isapres requeridas, el TDLC decidió rechazar la demanda de la FNE, por tres votos a favor y dos en contra, dado que -a su juicio- no pudo llegar a la convicción de que dicho paralelismo había sido fruto de un acuerdo entre las empresas.
El extensamente desarrollado voto de minoría de los ministros Butelmann y Depolo, que -a partir de la evidencia económica y fáctica y los demás factores demostrativos o facilitadores de la colusión- dio cuenta de la inexistencia de explicaciones alternativas, fue el principal fundamento para que recurriera la FNE ante la Corte Suprema.
Lamentablemente, el sistema de defensa de libre competencia actualmente vigente estaba comenzando a implementarse en esa época, razón por la cual el máximo tribunal -al no contar con prueba directa del acuerdo- confirmó el fallo del TDLC, también por tres votos contra dos. Las isapres, en definitiva, quedaron sin sanción.
Han pasado más de 13 años desde que se cometió la conducta acusada por la FNE. Y en el supuesto de que esta haya sido efectiva, hoy podríamos estar verdaderamente frente a un complejo e interesante desafío, en cuanto a calcular cuál fue el efecto generado en los consumidores, en el mercado y en la economía en general, y compararlo con otros casos similares.
Fuente: Pulso
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21 Nov 2024