En venta de zapatilla “Shape Ups”. La empresa fue condenada al pago de 150 U.T.M. por publicidad engañosa al inducir a error y engaño a los consumidores ante supuestos beneficios para la salud y estado físico que obtendrían con este calzado.
Tonificación muscular, pérdida de peso, fortalecimiento de las articulaciones e incluso el reemplazo del entrenamiento en los gimnasios fue la promesa que ofrecía la empresa Skechers Chile al promocionar sus “Shape Ups”.
El SERNAC, tras revisar la publicidad, decidió denunciar el hecho ante Juzgado de Policía Local de Vitacura, pues los beneficios publicitados y atribuidos al simple uso de la zapatilla carecían de comprobabilidad e inducían a error a los consumidores.
No basta con las zapatillas
Ante la justicia, Skechers Chile defendió la publicidad utilizada al momento de comercializar este modelo de zapatillas, indicando que los beneficios estaban avalados por estudios, los cuales fueron presentados como prueba ante el tribunal.
Durante el proceso, el SERNAC entregó al juez una publicación de un portal de noticias que informaba que la Comisión Federal de Comercio de Estados Unidos había acusado precisamente a Skechers por publicidad engañosa sobre las propiedades de la zapatilla “Shape Ups”, prohibiéndole finalmente a la compañía volver a anunciar beneficios relacionados con la salud y el estado físico, salvo que lo pudiese demostrar científicamente.
Tras analizar los antecedentes, el Tribunal distinguió que efectivamente la zapatilla “Shape Ups”, cuya suela es curva, produce un aumento en la activación muscular, por lo que podría ser razonable concluir que se obtendría un grado de tonicidad en esos músculos.
Sin embargo, el juez fue enfático en señalar que en ningún caso se puede acreditar ni comprobar científicamente que el sólo uso de las zapatillas produce pérdida de peso, corrección muscular y fortalecimiento de las articulaciones.
Por esta razón, el Juzgado de Policía Local de Vitacura condenó a Skechers Chile al pago de 150 U.T.M (cerca de 6 millones de pesos), fallo que fue confirmado posteriormente por la Corte de Apelaciones de Santiago
Publicidad verdadera y comprobable
Para el SERNAC, este fallo confirma que las empresas no pueden llegar y prometer sin tener pruebas de que lo que se ofrece es real. La publicidad debe decir la verdad.
La publicidad debe ser verdadera, comprobable y nunca inducir a error o engaño a los consumidores.
Si una empresa promete que un producto permite bajar de peso, tonificar o mejorar la salud, debe poder comprobarlo pues los consumidores compran un producto confiando en las promesas de las empresas y es inaceptable que se juegue con esa confianza.
Sernac.cl, 06, Diciembre, 2013
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