Esta semana, el Servicio Nacional del Consumidor, Sernac, informó que la Corte Suprema ratificó una sentencia contra la compañía eléctrica CGE Distribución, obligándola a compensar a clientes de las regiones de O’Higgins, Maule, Bío Bío y Metropolitana por cortes de energía ocurridos entre junio y julio de 2017.
La justicia también condenó a la CGE al pago de una multa de 300 UTM ($17 millones y medio aproximadamente) por infringir la Ley del Consumidor
Se trata de una demanda colectiva interpuesta a fines de julio del año 2017, luego que la empresa CGE no estuviera dispuesta a compensar a los consumidores que se vieron afectados por reiterados y prolongados cortes de suministro eléctrico.
Recordemos que en el mes de junio de este año, Hernán Calderón, presidente de Conadecus junto al alcalde de Rancagua, Juan Ramón Godoy, el alcalde de Machalí, Juan Carlos Abud; alcalde de Graneros, Claudio Segovia; el alcalde de Malloa, Luis Barra; y el alcalde de Codegua, José Flores, presentaron un reclamo ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) contra la empresa de electricidad CGE, producto de los reiterados cortes de luz y bajas de voltajes que han afectado a los vecinos y vecinas de las distintas comunas de la región de O’Higgins.
En la reunión, los jefes comunales expusieron las reiteradas fallas de CGE al momento de entregar su servicio, buscando sanciones, soluciones y un plan de urgencia que pueda resolver los problemas que enfrentan los vecinos de distintas comunas de la región.
Hernán Calderón valoró el fallo en contra de la empresa CGE y puntualizó “esta empresa está ofreciendo un servicio de mala calidad y tienen una respuesta tardía para los consumidores afectados. Esperemos que con este fallo se mejoren los servicios que brinda la empresa”.
¿Quiénes son los beneficiarios?
La justicia determinó que CGE deberá compensar a clientes de las regiones de:
- O’Higgins
- Maule
- Biobío
- Metropolitana
¿Cuánto van a recibir los consumidores afectados?
- La sentencia establece que cada cliente recibirá un monto de $9.500 por cada día en que vio interrumpido el suministro de energía eléctrica.
- Adicionalmente, la empresa debe entregar un monto de 0.15 UTM, esto es, alrededor de $8.700 a cada cliente que formuló un reclamo ante el Sernac por los cortes de electricidad.
¿Cuáles son los derechos de los consumidores?
En materia de electricidad los consumidores tienen derecho a recibir el servicio por el que pagaron, sin interrupciones, y a ser compensados por el tiempo que el servicio estuvo suspendido. Ante un corte, las empresas tienen la obligación de tomar todas las medidas para reponer el servicio lo antes posible, así como deben contar con planes de contingencia para disminuir al máximo la molestia a los usuarios.