Noticia | 15 Febrero 2013

La Prescripción de las Deudas en el Caso La Polar

Por Hernán Calderón Ruíz, Presidente de Conadecus

La propuesta de conciliación acordada entre el Sernac y La Polar fue ingresada a tribunales. Las bases del acuerdo fueron aceptadas y ratificadas por el tribunal y hoy día se encuentra en plena aplicación. Sin embargo, desde un principio hubo observaciones al acuerdo, porque después de estudiar el detalle de la conciliación, contenía vacíos y aspectos no considerados, los cuales fueron hechos presentes al tribunal, el cual no los considero al momento de ratificarlo.

Uno de los aspectos relevantes es la prescripción. Este fue uno de los puntos centrales de la oposición de Conadecus, uno de los argumentos para no considerarlo es que no puede quedar establecido en el acuerdo, porque debe dictaminarlo un tribunal.

El caso La Polar por repactaciones unilaterales afectó a 1.000.000 de consumidores durante un periodo de 10 años, esto es aproximadamente al 6 % de los chilenos, datos entregados por La Polar, consideran que al retrotraer la deuda hasta antes de la primera repactación no autorizada, cerca del 20 % de los consumidores tendrían su deuda prescrita por tener más de 5 años. Esto significa, por ejemplo, que en la comuna de Maipú fueron afectados más de 40.000 vecinos, de los cuales debiera haber más de 8.000 con sus deudas prescritas. Sin embargo, esta cifra debiera aumentar significativamente en comunas de sectores medios y medios bajos como Maipú, ya que La Polar tenía como publico objetivo estos sectores y no sectores medios altos.

La Polar en su proceso de normalización de su situación, debe regularizar su contabilidad y estados financieros. Uno de los aspectos importantes a considerar es cuáles de sus activos son incobrables, solicitar el castigo de estos y sacarlos de su contabilidad. Para realizar esta acción el SII exige acciones de cobro. Por consiguiente, La Polar para castigar las deudas debe demostrar que las hizo, esta acción es una demanda por la deuda morosa a pesar que este prescrita.

Sin embargo, los consumidores afectados para aclarar su situación, deben solicitar en la tienda su cartola reconstruida, revisar detenidamente antes de aceptar la propuesta de La Polar, si rebajaron intereses, seguros, gastos de mantención y si la deuda fue retrotraída hasta antes de la primera repactación unilateral.

Solo después de esta acción los consumidores deben tomar sus decisiones: si aceptan la propuesta de La Polar, si tienen objeciones y desean la mediación del Sernac, solicitar la prescripción en tribunales si la deuda retrotraída tiene más de 5 años o esperar la demanda y defenderse en tribunales alegando la prescripción. De no hacerlo, a pesar de estar prescrita, el tribunal igual lo puede condenar a pagarla.

No cabe duda que el caso La Polar seguirá dando que hablar por mucho tiempo más, mientras no se normalice la relación con los consumidores y no haya consumidores afectados. Sin embargo, el caso La polar ha provocado una sensibilización importante de la necesidad de una mayor protección de los consumidores. Este hecho ha significado importantes iniciativas de cambios legislativos por parte del gobierno y los legisladores. Es necesario que el gobierno aplique urgencia a estas iniciativas para su pronta aprobación.

Publicado por
Conadecus

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