Consumidores celebran fallo de la Corte Suprema que prohíbe alza unilateral de planes de salud en Isapres, recalcando que el tema de fondo es incorporar esto en la legislación.
La Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios aplaude el fallo de la Corte Suprema, que prohíbe a las Isapres subir unilateralmente el precio de los planes de salud, aunque aclaró que el tema de fondo es incorporar este punto en la Ley del Consumidor.
La medida judicial resulta importante, debido a la controversia desde hace muchos años que venían realizando unilataralmente estas empresas de salud, siendo un abuso considerable para los usuarios y descarado avalado por la ausencia de legislación.
PROTECCIÓN
El fallo de la Corte Suprema está resguardando el interés de las grandes mayorías suscritas al sistema de isapres y que hoy día sienten que los tribunales están acogiendo una medida muy sentida de los usuarios del sistema.
Sin embargo el tema de fondo es incorporar a los servicios de salud en la Ley del Consumidor, por lo que Conadecus este martes envió una solicitud a algunos diputados para legislar en esta materia.
Si esto hubiera sido operado en la Ley del Consumidor, las Isapres no podrían haber subido unilateralmente los planes, porque se habría estado transgrediendo la ley.
Los usuarios que hayan recibido la carta de su isapre, informando del aumento de precios, de todos modos deben interponer un recurso de protección, considerando que ahora existe el fallo de la Corte Suprema.