Efectivamente, era esperable que las defensas cuestionaran algunos testimonios del Ministerio Público, dijo el fiscal adjunto de la Unidad de Alta Complejidad de la Fiscalía Centro Norte, Jaime Retamal, quien está a cargo del caso. Particularmente, precisa, el de Paula Mazzachiodi, la llamada testigo clave. “Este es un tema que ya es recurrente. Entendemos que el tribunal está en condiciones de valorar en su integridad el testimonio. ¿Qué significa eso? Advertir que se trata de una persona que ha mantenido una versión constante en diversas instancias, y que esa versión es consistente”, explicó.
Lo demás, añadió, son argumentaciones jurídicas relacionadas con la aplicación del tipo penal, con la existencia del precio natural, con el probar que el precio natural fue alterado. “Sobre eso nosotros hemos afirmado algo bastante sencillo: que no es posible sostener que pueda entenderse como precio natural el que es fruto de un acuerdo colusorio o un acuerdo de precios entre competidores. Es incomprensible que un precio natural pueda ser justamente fruto de un acuerdo y no de la fuerza del mercado y la libre competencia”, sostuvo.
Querellantes del caso
Fernando Santelices, abogado del querellante particular, Jaime Mulet, señaló que está confiado en que después del largo juicio se ha podido acreditar, sin duda, la existencia del delito establecido en el artículo 285 del Código Penal. Además, comenta, a pesar de la dificultad de la prueba -pues implicaba contar con testigos y una serie de peritos que, por supuesto, son vinculados al mundo farmacéutico-, el Ministerio Público ha hecho una tarea brillante, y se han acreditado todos y cada uno de los elementos del delito. “Estamos confiados en que el tribunal va a condenar a estas personas por este grave hecho que alteró a toda la economía del país”, manifestó al respecto.
Asimismo, Santelices advirtió que “efectivamente la declaración de la señora Paula Mazzachiodi quedó en evidencia ante el tribunal. Es una testigo hostil que alteró la verdad”. No obstante, agregó que “creemos que el tribunal va a ponderar ese hecho, logrando obtener aquellas porciones de verdad y que efectivamente dan cuenta de lo que ocurrió en este hecho. El tribunal va a obtener esa información para luego condenar a los ejecutivos y directores de las farmacias”.
Salcobrand y Medipharm
La acusación es absolutamente inconsistente con cualquier pretensión de aplicar a estos hechos el artículo 285 del Código Penal, enfatizó uno de los abogados de Salcobrand, Cristián Muga. “Lo que pasa es que colusión y el delito del artículo 285 no son lo mismo. Ese es un error de base de la acusación y que ha quedado claramente demostrado en la exposición que le he hecho al tribunal. Lo que nos están diciendo es que hicimos algo para lo cual no hay un delito penal”, explicó.
En lo mismo coincide Leonardo Battaglia, otro miembro de la defensa de Salcobrand. “Lo que hemos tratado de hacer es mostrar las inconsistencias a lo largo de este proceso y poder dar cuenta de que la colusión no puede ser entendida como sinónimo del ilícito que está persiguiendo el Ministerio Público”. Asimismo, dijo que dejaron en evidencia una serie de falencias del Ministerio Público en lo que se refiere al material probatorio.
Entre los acusados de Salcobrand figuran Roberto Belloni, ex gerente general; Ramón Avila, gerente comercial, y Mehilín Velázquez, jefa de departamento de precios. En Medipharm, está Mario Zemelman como imputado.
Farmacias Ahumada
Lo principal del alegato final de la defensa de Farmacias Ahumada son básicamente tres elementos, dijo el abogado Alejandro Laura. Primero, “que la participación no se probó en ningún caso, los señores Sergio Purcell (gerente general de la cadena) y Ricardo Ewertz (gerente comercial, área Farma) no manejaban los precios en Fasa.
En segundo lugar, comentó, está el hecho de que “la señora Paula Mazzachiodi se desdijo de sus declaraciones en la Fiscalía. Dijo que no hubo colusión y que los señores Purcell y Ewertz no habían intervenido en ella”.
Y, en tercer lugar, finalizó, “en Chile los atentados a la libre competencia se sancionan administrativamente con multas muy altas, las más altas que conoce el ordenamiento jurídico chileno, y eso fue porque el Estado chileno decidió que la mejor manera de proteger la libre competencia era con el derecho administrativo sancionador y no con el derecho penal”.
Y de igual forma como lo hicieron otros abogados de la defensa del caso Farmacias, Laura recalcó que “el artículo 285 del Código Penal no sanciona los atentados a la libre competencia”.
Farmacias Cruz Verde
¿Puede una persona que no ha realizado la conducta que se le imputa ser condenada y, además, por un hecho que para la ley no es delito? Eso se sabrá el martes”, consignó Felipe de la Fuente, abogado de Cruz Verde. “Como defensa de Cristián Catalán (category manager de la cadena), hemos mostrado que no hay ninguna prueba en su contra, hemos demostrado que el único elemento de imputación que existe está absolutamente refutado por los hechos, que dice relación con los medicamentos que nunca subieron de precio”, afirmó. Y en esa línea, espera que su representado sea absuelto. “Mi expectativa es que el tribunal haga un examen acucioso y desapasionado de la evidencia presentada”, precisó.
Además, añadió que mencionó a Mazzachiodi “porque es un testigo muy importante, quizás el testigo fundamental del Ministerio Público”. Ella no menciona a Catalán, advirtió, “y aunque fuese cierto lo que dice, no vincula a Cruz Verde”.
El abogado Juan Domingo Acosta, por su parte, también espera que el veredicto del tribunal absuelba a su representado, Ricardo Valdivia, “porque él no ha tenido ninguna participación en los hechos”.
Fuente: LaTercera
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26 Nov 2024