Tras 6 meses de su publicación en el Diario Oficial, el 11 de junio entró en vigencia el artículo sexto de la Ley Sobre Composición Nutricional (20.606) de los alimentos y su publicidad, que dispone que la publicidad de los alimentos “altos en” efectuada por los medios de comunicación masiva, deberán contener un mensaje que promueva hábitos de vida saludable.
El mensaje fue seleccionado tras un estudio licitado por el Ministerio de Salud y que se adjudicó el Instituto de Comunicación e Imagen de la Universidad de Chile. Este estudio testeó por medio de grupos focales diferentes mensajes posibles, concluyendo que el mensaje seleccionado es el más idóneo por su claridad y fácil comprensión.
Reglamento Mensaje que promueva hábitos de vida saludable
- a) Los alimentos deberán incluir un mensaje que promueva hábitos de vida saludable en su publicidad efectuada a través de medios de comunicación masivos, cuando se les haya adicionado sodio, azúcares y grasas saturadas, y su contenido supere los límites establecidos por el Ministerio de Salud para dichos componentes o calorías.
- b) Se entenderá por medios de comunicación masiva o social aquellos aptos para transmitir, divulgar, difundir o propagar, textos, sonidos o imágenes destinados al público, cualquiera sea el soporte o instrumento utilizado. El reglamento considera los siguientes medios masivos: televisión, radio, prensa, vía pública e internet.
- c) El mensaje que debe presentar la publicidad de los alimentos “Alto en” es: “Prefiera Alimentos con menos sellos de advertencia”, seguido de la frase “Ministerio de Salud, Gobierno de Chile”.
- d) Las características gráficas del mensaje, así como la condiciones de su exhibición, son detalladas en el Reglamento para cada uno de los medios de comunicación masiva.