La nueva Ley de Fármacos II, que modifica el Código Sanitario con fin de regular medicamentos genéricos, el objetivo es ampliar los medicamentos que se producen desde los laboratorios hasta las farmacias. Introduciendo más beneficios como el uso de recetas electrónicas, ampliar los medicamentos que figuran en la lista de genéricos y la prohibición de publicitar fármacos son algunos de los avances en esta nueva normativa.
Esta ley llega con fuerza en la regulación de precios que tienen los laboratorios y las farmacias, incluye la creación del Observatorio Nacional de Medicamentos que dependerá de la Secretaría de Salud Pública, la entidad hará comparaciones de los valores industriales y de distribución de medicamentos con el mercado internacional. También propondrá al Ministerio de Salud (Minsal) los precios que deberá regular la autoridad, esto basado en el estudio que debe realizar en los costos de producir los medicamentos y sus diferencias sustanciales. Anteriormente, fue la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud (Cenabast) con la publicación de su observatorio de precios internacionales.
Por otro lado, como la pandemia llegó para quedarse, la nueva normativa permitirá la venta de forma remota de medicamentos con restricciones, esto a través de plataformas digitales con un nuevo reglamento. De igual manera, la normativa también incluirá sanciones para los establecimientos que no respeten los precios fijados por la autoridad, en que a partir de la primera infracción los distribuidores y laboratorios arriesgan la suspensión de sus operaciones por 30 días, clausura o el retiro de los permisos concedidos mientras se mantengan multas impagas.
Hay medicamentos de uso intercambiable, es decir que tienen nombres de fantasía pero el mismo componente activo, a partir de la Denominación Común Internacional (DCI) las recetas deberán informar los nombres de los medicamentos.
Por ahora Minsal será el órgano encargado de fijar los precios de medicamentos de forma industrial, considerando los costos de producción y distribución, en comparación con otros países y junto los datos que aportará el nuevo Observatorio Nacional de Medicamentos, permitirá a la cartera realizar el decreto con que debe operar la industria farmacéutica en nuestro país.
Para Conadecus estas regulaciones son un avance considerable en la búsqueda de un trato más justo para los consumidores de salud, especialmente para aquello que no pueden financiar tratamientos que podrías salvar o mejorar la calidad de sus vidas. “Estaremos atentos a la implementación de la ley, de modo de poder evaluar, si los objetivos que se buscan, efectivamente beneficiarán a los consumidores chilenos”, asegura Sergio Donoso, director y representante de Conadecus en el Consejo de la Sociedad Civil (Cosoc) de la Cenabast.