El Ministerio de Transportes dio a conocer cuáles son los reglamentos que aplicará para la Ley Empresas de Aplicaciones de Transportes (EAT) o “Ley Uber”.
En los próximos meses entrará a revisión en Contraloría y se podrá aplicar con sus medidas transitorias a la brevedad.
Esta norma busca fortalecer la seguridad en las aplicaciones móviles de transporte, además de tener un registro de conductores y establece sanciones para quienes las incumplan.
¿Qué dice la Ley?
- Las Empresas deberán tener personalidad jurídica en el territorio nacional.
- Las aplicaciones deben generar un registro electrónico de vehículos y conductores habilitados, estos solo pueden realizar su servicio en la región donde están inscrito, la Subsecretaria de Transportes estará a cargo de este registro y debe velar por su aplicación.
- El registro los vehículos debe estar registrados por personas naturales y tienen un límite de inscripción de dos autos.
- Las empresas deben tener seguros para los vehículos, conductores y pasajeros, los montos mínimos de cobertura serán publicados en enero de 2024.
- Deben asegurar un medio de reporte de urgencia para los usuarios en casos de emergencia en la aplicación.
- Los conductores deberán tener licencia de clase A y actualizar su papel de antecedentes cada 6 meses.
- La revisión técnica deberá ser aprobada cada seis meses
- El Incumplimiento de estas normas, además de actos como suplantación de chofer, arriesgan multas desde 10 UTM ($623 mil) y 200 ($12 millones).
Revisa la “Ley Uber” aquí: Ley de Empresas de Aplicaciones de Transporte.