Noticia | 7 Febrero 2013

Los Derechos del Consumidor en época de Vacaciones y Turismo.

Sepa que en los restaurantes, no existe la propina legal del 10% de lo consumido. Este es un aporte totalmente voluntario y el consumidor sólo está obligado a pagar el consumo que señala la cuenta.

LO QUE SE PROMETE, SE CUMPLE: Las empresas deben respetar y cumplir todo lo que informa o anuncia en su publicidad y lo que dicen en folletos, afiches, promociones, avisos o sitios Web en los que se informe, por ejemplo, sobre valores y promociones de paquetes turísticos o viajes.

CONTRATOS: Las empresas o agencias de viajes deben cumplir todo lo que acuerdan cuando usted contrata y firma. Esto es alojamiento, comidas, transporte aéreo o terrestre, características de dicho transporte y los seguros que estén comprometidos. No valen las cláusulas donde la empresa diga que no responde por incumplimientos.

SEGURIDAD: Las empresas deben entregar servicios y productos que no arriesguen su seguridad o salud. Especialmente en servicios de deportes riesgosos o de aventura, la empresa debe tomar todas las medidas de seguridad necesarias para el consumidor (equipamiento, seguros, atención médica, entre otros) e informarle posibles riesgos y restricciones para realizar alguna actividad.

En materia de transporte, las empresas deben respetar las normativas de tránsito, las velocidades permitidas y ser activamente responsables por la seguridad de los pasajeros.

LA EMPRESA RESPONDE POR DAÑOS: Si la empresa le ocasiona algún daño al consumidor por un servicio mal otorgado o un producto malo, es decir por no hacer bien su trabajo, el consumidor tiene derecho a que lo indemnicen por todo el daño ocasionado.

LA AGENCIA RESPONDE directamente frente al consumidor aunque haya actuado como intermediaria de otras empresas. Usted deposita su confianza en una agencia de viajes y ésta debe responder ante cualquier incumplimiento de lo comprometido.

EQUIPAJE: El equipaje debe llegar a su destino y en buen estado, de lo contrario, las empresas de transporte deben responder indemnizando todo el daño causado. Es recomendable declarar en los formularios habilitados los artículos de valor. Guarde y conserve su pasaje, porque facilita su derecho a reclamo en caso de extravío o deterioro de su equipaje.

COMERCIO ESTABLECIDO: Siempre compre o contrate servicios en el comercio establecido para exigir sus derechos y guarde su boleta. Si va a viajar en bus, no exponga su seguridad usando “buses piratas” donde no podría exigir sus derechos. Así, evitará pasar del entusiasmo por unas merecidas vacaciones a lamentar riesgos que exponen su vida y la de su familia.

SU DERECHO A NO SER DISCRIMINADO arbitrariamente por las empresas y a que no se les niegue injustificadamente el servicio. Asimismo, la Ley del Consumidor no hace distinciones si el consumidor es nacional o extranjero. Todos tenemos derechos. Sepa además que si acude a una discoteca o pub, no son válidos aquellos letreros del tipo “nos reservamos el derecho de admisión” pues pueden dejar abierta la posibilidad de discriminaciones arbitrarias.

RECLAMAR: Reclamar no es pelear. Si cree que sus derechos no fueron respetados reclame a la empresa y exponga su situación. Si no logra respuesta, acuda a las oficinas del SERNAC más cercanas en la región o llame para orientación al 600 594 600.

Recuerde que el SERNAC tiene atribuciones para actuar como mediador entre las empresas y los consumidores. Si una empresa no responde o la solución es insatisfactoria, los consumidores pueden denunciar los hechos y exigir las indemnizaciones correspondientes en un Juzgado de Policía Local sin necesidad de abogado.

 

Publicado por
Conadecus

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