El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia dictó la semana pasada la cuarta sentencia condenatoria en lo que va del presente año por la existencia de carteles en el mercado de transporte terrestre de pasajeros. Multó con $45,2 millones a las tres empresas que cubren el tramo Copiapó-Caldera, las que en conjunto cuentan con el 100% del mercado en ese tramo, por haberse coludido para elevar los precios del pasaje en 2011, tarifa que se mantuvo vigente para las tres líneas de buses hasta el día de hoy. En la sentencia el TDLC establece que la colusión es la infracción más grave en contra de la libre competencia, la que en este caso se produce en un tramo esencial para los habitantes de Copiapó y de Caldera, considerando que para cubrir esos 75 kilómetros de distancia no existen medios de transporte público alternativos.
Esta sentencia se suma a las causas ya falladas por el acuerdo para bloquear el ingreso de competidores a los terminales de Valparaíso, Coquimbo, La Serena y Carlos Oviedo Cavada de Antofagasta, el alza concertada de precios en el tramo Santiago – Cartagena, y a la colusión de precios y frecuencias en la ruta Santiago-Curacaví establecida entre Pullman Bus, Ruta Vía Curacaví y Atevil. Las cuatro causas fueron requerimientos presentados por la Fiscalía Nacional Económica, en las que por primera vez se comenzó a abordar en forma efectiva los vicios existentes en el mercado de transporte público terrestre interurbano, altamente concentrado. Ello, por la nueva forma de abordar este tipo de casos por parte de la FNE, la que en vez de pretender probar casos de colusión o de abuso de posición dominante en la totalidad de este mercado, en el cual compiten un par de empresas de buses de gran tamaño a nivel nacional con empresarios de buses regionales o locales, se concentró en establecer las irregularidades en materia de competencia en rutas específicas. Cuatro sentencias en lo que va del año demuestran que fue el camino adecuado.
Estrategia, 27 Junio 2014
Foto: Archivo, Agencia UNO.
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