La distribuidora gasífera señala que la decisión del regulador “genera un grave precedente de inequidad e incertidumbre patrimonial, financiera y regulatoria con alcances aún no dimensionados y con efectos retroactivos”.
Tras la negativa de la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) al recurso de reposición presentado por Metrogas, para el cambio de criterio aplicado por el regulador, respecto de la forma en que la firma contabiliza las conversiones en sus balances, la empresa ha optado por recurrir a otras alternativas legales.
De este modo, luego de enterada del no acogimiento de su solicitud por parte de la SVS, la distribuidora controlada por CGE anunció que recurriría a instancias judiciales nacionales o incluso internacionales para impugnar la resolución.
Por el momento, Metrogas señala que facilitará a sus accionistas los antecedentes necesarios para que puedan estudiarlos, y advierten que la decisión del regulador “genera un grave precedente de inequidad e incertidumbre patrimonial, financiera y regulatoria con alcances aún no dimensionados y con efectos retroactivos”.
En esta línea, el gerente general de la compañía, Víctor Turpaud, señaló que “La interpretación contenida en el oficio genera graves efectos a esta parte, e importa un tratamiento discriminatorio e implica alterar políticas contables históricamente aceptadas”.
Por su parte, la SVS no doblegó en su decisión, y a través de un comunicado, señaló que “Se reitera lo instruido mediante el oficio ordinario N°4550 de 05 de marzo de 2015, en orden a efectuar los ajustes a los estados financieros requeridos a través del mencionado oficio, lo cual deberá ser efectuado dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación del presente oficio”.
En contra argumentación, la distribuidora afirma que “En su decisión la SVS ignora los informes de las 4 mayores empresas auditoras del mundo (EY, PwC, KPMG y Deloitte), las cuales han respaldado los criterios contables de Metrogas, en concordancia con las normas y estándares contables internacionales IFRS”.
Asimismo, la distribuidora agrega que la decisión es discriminatoria, pues no afecta a las otras empresas del sector ni de otras áreas productivas, y va en contra de la forma en que las conversiones se contabilizan a nivel internacional, y que fue sostenida por las cuatro auditoras (EY, KPMG, PwC y Deloitte) que elaboraron informes para su defensa.
Fuente: Estrategia
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21 Nov 2024