Noticia | 17 Junio 2021

Nueva querella a empresa que distribuye alimentos para mascotas

El Juzgado de Garantía de Graneros admitió a trámite una nueva querella presentada por el Colegio Médico Veterinario, Colmevet, en contra de quienes resulten responsables del uso no autorizado de productos que fueron retirados y retenidos por la fabricante LDA SpA, los mismos tras el bullado caso “Cannes“.

Los consumidores se quejaron de problemas de salud en sus mascotas por la “fabricación defectuosa de alimentos”. A pesar que esos productos fueron declarados “no aptos para consumo animal”, según el Colmevet, el Servicio Agrícola Ganadero, SAG, habría detectado su uso en aves de postura comercial, cuyos productos finalmente son consumidos por humanos.

Es muy grave que algunas empresas en la industria del alimento animal estén incumpliendo las resoluciones de la autoridad”, señaló Ana María Rosas, directora ejecutiva del gremio.

“Por esto es imprescindible fortalecer la normativa, fiscalización e institucionalidad vigente a objeto de evitar posibles consecuencias en la salud pública”, añadió la dirigenta.

Según se establece en la querella, los alimentos para caninos retenidos y retirados del mercado, asociados a la empresa LDA SpA, habrían sido distribuidos y comercializados por la empresa Agrícola Omega Tres Limitada para alimentar aves de postura comercial. “Dicha compañía recibió cerca de 1.600 toneladas de estos productos, única y exclusivamente para efectos de compostaje”, indicaron desde el Colmevet.

“No obstante, (la empresa) transgredió las órdenes de la autoridad -según establece la resolución exenta N°575/2021 del SAG – y propagó agentes susceptibles de poner en peligro la salud animal”, complementaron a través de un comunicado.

“La empresa, a pesar del pleno conocimiento que los productos no eran aptos para consumo animal y que habían enfermado masivamente animales, particularmente perros, los utilizó en aves de postura cuyos productos van a consumo humano”, puntualizó Diego Gallegos, abogado de Colmevet.

“Esto exige encender las alarmas y solicitar que se investigue a cabalidad, determinando quiénes son los responsables de hacer uso de un producto no autorizado y conscientemente transgredir y burlarse de la ciudadanía y la autoridad”, concluyó.

Los delitos acusados están sancionados en el artículo 291 y 291 bis del Código Penal.

Fuente: Chilevisión

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