“Outdoor “es el anglicismo utilizado para decir puertas afueras y describe a las actividades que se realizan obviamente en exteriores. Hasta ahora, ver televisión es fundamentalmente una actividad “indoor”, que casi la totalidad de las personas hacen al interior de sus casas, sin embargo, la ley actual Ley de Televisión Abierta aprobada ya por ambas cámaras legislativas y cuya norma técnica está en este momento en consulta pública por parte de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, SubTel, sólo garantiza la señal “outdoor”, es decir, recibida fuera de los inmuebles.
De este modo, quienes quieran ver televisión abierta sin contratar los servicios de un operador de pago, deberán poner una antena a 10 metros de altura sobre de sus hogares para que capte la señal. Esto, con en caso de poder hacerlo, ya que se topa con otros inconvenientes, como la aprobación de la comunidad de vecinos y la factibilidad técnica de poder hacerlo en edificios antiguos sin conductos para los cables para las antenas que deberían instalarse en las azoteas.
Esto puesto que bajo la actual propuesta de norma técnica, se comprende que la medición de potencia se hará a 10 metros de altura y deberá cumplirse en el 70% de las ubicaciones, el 50% del tiempo para ser considerada dentro de la zona de servicio. Es decir, no está garantizado que en los hogares se recepcione televisión abierta sin incurrir en inversiones adicionales como instalar una antena a 10 metros de altura con el cableado que esto implica, o directamente pagarle a un cable-operador por recepcionar la señal abierta que se suponía garantizada y gratuita.
Además, la ley establece que los canales abiertos deben llegar a un 85% de cobertura territorial para tener derecho a cobrar derechos de retransmisión a los cable-operadores -una decisión del parlamento que al parecer no fue muy acertada- a lo que se suma el que dada la alta concentración de la población en núcleos urbanos, muchas localidades rurales pueden quedar en 15% de cobertura que los canales abiertos no se verán forzados a cubrir. La norma técnica de Subtel plantea que el resto se pueda cubrir mediante señales satelitales abiertas, pero esta es una solución que merece más análisis.
El aspecto de la televisión que más preocupa a CONADECUS tiene directa relación con la experiencia del usuario, y en televisión se entiende como el derecho que tienen los consumidores a recibir las señales de televisión en el espacio que hacen uso del espectro radioeléctrico, el cual es un bien nacional de uso público. Así también es preocupante el que la televisión abierta privilegie cada día más la farándula por sobre la cultura, pero esa discusión lamentablemente quedó fuera de la nueva Ley de Televisión Abierta.
EL Estado de Chile, a través de la SUBTEL, debería definir en mejor forma los parámetros técnicos y medir posterior y permanentemente la recepción de las señales, incluyendo parámetros para la tasa de bit o modulación. Pero también nos preocupa que en el futuro recibamos estadísticas diciendo que todo funciona a las mil maravillas -como ocurre hoy en telefonía móvil- cuando cualquier usuario sabe que la calidad de este último servicio se viene deteriorando visible y sistemáticamente. Sólo de esta manera sabremos si los concesionarios entregan las condiciones técnicas necesarias para hacer el uso efectivo de las frecuencias asignadas, según lo establece la ley.
A nuestro juicio, la Subtel, el organismo con las atribuciones para normar, regular, fiscalizar y sancionar el incumplimiento de la ley y sus reglamentos relativos a las telecomunicaciones y específicamente las emisiones de señales de televisión abierta, debe crear un mecanismo eficiente para medir la cobertura real de la TV abierta sin letra chica y sobre esos datos garantizar el cumplimiento del derecho de la libre recepción que dispone la ley.
CONADECUS, 8 de agosto de 2014
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