Noticia | 1 Octubre 2012

Omisiones y Amenazas a la Libre Competencia

Por Hernán Calderón, Presidente de Conadecus.

Cuando el ministro Longueira anunció la creación de una Comisión Asesora Presidencial para la Defensa de la Libre Competencia, convocó a un grupo de expertos que en su gran mayoría ha colaborado en informes para empresas en procesos de fusión, muchas de ellas acusadas de colusión o infracciones sobre las que ahora debían opinar. Las asociaciones de consumidores, una vez más, no fueron incluidas en dicha comisión, confirmando el permanente proceder del autodenominado ministro defensor de los consumidores.

Varios de los expertos invitados ya han emitido informes contrarios a las asociaciones de defensa de los consumidores, principalmente en contra de Conadecus durante en el proceso de fusión de LAN. Domingo Valdés, académico de la Universidad de Chile y Ricardo Jungmann, Director del Centro de Libre Competencia de la Universidad Católica, escribieron sendos informes para LAN descalificando ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia la participación de Conadecus en la defensa de los consumidores ante dicha fusión.

Es claro que de esta Comisión no se podía esperar mucho, salvo una que otra excepción. Pues quedó claro que tuvo el objetivo específico de despejar el camino para que las grandes empresas consoliden sus monopolios y nadie tenga medios legales de oponerse. A ella, los conflictos de interés que la cruzan, no la ha dejado ver la realidad.

Aldo Cornejo, profesor de la Escuela de Economía de la Universidad de Chile, elaboró un informe para LAN en la demanda por prácticas predatorias que presentó la aerolínea PAL, también en pleno proceso de fusión.

La prensa ha destacado que la comisión ha terminado su trabajo y ha entregado su informe y sugerencias al Presidente Piñera. Dentro de lo que se ha destacado en los medios, ha sido precisamente la sugerencia de la Comisión de que no puedan intervenir terceros en los procesos de fusión, que solo puedan hacer consultas y/o intervenir aquellas empresas que se están fusionando y la Fiscalía Nacional Económica. Así, estos expertos entienden la libre competencia como una gestión de propietarios en un ámbito exclusivo, en el cual pueden hacer lo que quieran, sin que los consumidores o usuarios, es decir la otra no propietaria del mercado puedan intervenir cautelando sus derechos. Es decir, los consumidores son para ellos sujetos pasivos y cautivos de un mercado salvaje que no les reconoce derechos.

La institucionalidad de libre competencia se crea para el perfeccionamiento y transparencia de los mercados, y en gran medida para defender a los consumidores de las malas prácticas empresariales, monopolios, colusiones y otros actos reñidos con una economía sana. Si la pasividad de la autoridad no cumple su función, deben ser los propios consumidores y/o usuarios quienes tienen el deber de hacer valer sus derechos.

El caso de la fusión de LAN y TAM justificó plenamente la acción de Conadecus. El acuerdo al que había llegado la FNE era insuficiente para autorizar la fusión, y así lo consideró el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia al ampliar y aumentar las condiciones propuestas por la FNE para aceptarla. LAN apeló de este fallo y la Corte Suprema ratificó, sin cambios, lo resuelto por el TDLC. Es este tipo de acciones, como la actuación de Conadecus en representación de los usuarios de servicios aéreos lo que la Comisión Longueira sugiere eliminar.

Otras medidas concretas que se esperaba del team de expertos nominado por el gobierno no llegaron. Más bien se limitaron a alabar la institucionalidad vigente, como si en Chile no hubiera colusiones, creciente monopolización de los mercados, constantes infracciones a la libre competencia y, por lo tanto, cosas que mejorar. Sin rótulo de expertos, el simple sentido común nos indica que podrían haber propuesto medidas concretas sobre algunos de los siguientes temas:

1.- Nada propusieron para incorporar en la Ley 19.496 (Ley del Consumidor) las infracciones a la libre competencia que considera el Decreto Ley 211, estableciendo al respecto un procedimiento cuando el caso lesione intereses difusos.

2.- Nada dijeron sobre regular la constitución de las asociaciones gremiales de productores de bienes y servicios, ya que muchas se constituyen con dos o tres productores, y se podrían convertir en el espacio donde se pueden concertar precios, producción u/o cuotas de mercado. El caso más claro fue el de la colusión de los pollos.

3.- No propusieron regular de forma especial las actividades económicas en donde la competencia está reducida a 2 o 3 competidores, y los actos predadores proliferan en contra de los pequeños y medianos empresarios.

4.- Tampoco dijeron algo sobre la forma de regular que los proveedores al comercio minorista tengan prohibido informar o sugerir precios de venta a los consumidores finales, o que un ente comprador de una empresa sugiera al proveedor que establezca precios de venta al consumidor final.

5.- Nada sobre incorporar medidas para imprimir más competencia en los mercados cuando los proveedores que abastecen al comercio al detalle discriminan precios por condiciones de volumen de compras. Conadecus ha propuesto que no debieran tener una variabilidad superior del 10 %.

6.- Nada sobre terminar con la discriminación de precios, accesibilidad y condiciones por parte de los proveedores que abastecen al comercio al detalle, de tal manera que los entes comerciales detallistas compitan en igualdad de condiciones y precios.

7.- Tampoco se pronunciaron sobre penas de presidio a quienes transgredan el Decreto Ley 211, y nada sobre indemnizaciones a favor de los afectados.

8.- Nada tampoco sobre el monto de las multas, actualmente irrisorias en relación al daño causado.

9.- Nada sobre la designación del Fiscal Nacional Económico, quien debiera ser designado por el Senado a proposición unipersonal del Presidente de la República.

10.- Finalmente nada tampoco acerca de la posibilidad que la FNE actúe como órgano consultivo, sin carácter vinculante, de organizaciones sociales y agentes económicos, sobre cuestiones relativas a la defensa de la competencia.

Pero sí ha propuesto la Comisión de Expertos eliminar lo que el Decreto Ley 211 hoy permite, y es que los procedimientos podrán iniciarse por requerimiento del Fiscal Nacional Económico o por demanda o consulta de algún particular, quien podrá hacerlo en interés propio o en representación del interés general comprometido en los hechos materia de su denuncia, posibilidad esta última reservada a las Organizaciones de Consumidores, asociaciones gremiales legalmente Constituidas y, por qué no, a los trabajadores que ven afectados sus derechos laborales producto de una fusión o depredación de su fuente laboral por parte de la competencia.

Es claro que de esta Comisión no se podía esperar mucho, salvo una que otra excepción. Pues quedó claro que tuvo el objetivo específico de despejar el camino para que las grandes empresas consoliden sus monopolios y nadie tenga medios legales de oponerse. A ella, los conflictos de interés que la cruzan, no la ha dejado ver la realidad.

Esperaremos atentos que medidas adopte el gobierno ahora. Esperamos no sea para estrechar aún más la jaula de hierro en que los monopolios y el poder económico mantiene cautivos a los consumidores.

Publicado por
Conadecus

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