Oscar Cabello, ingeniero Civil Electricista de la Universidad de Chile, consultor en TIC y asesor de Conadecus.
Israel Mandler, ingeniero Comercial de la Universidad de Chile, consultor en aspectos económicos relacionados con las TIC y asesor de Conadecus.
Días antes de ser invitados por Conadecus y por IPEES para referirnos al incremento de precios que han experimentado los fletes navieros, nos había llamado un colega que se dedica al diseño y construcción de plantas pequeñas de energía eléctrica para relatarnos ese mismo problema. Nos puso como ejemplo la importación de una turbina hidráulica, que hizo desde China en octubre de 2021. La turbina tenía un precio FOB de USD 1.585 y un precio CIF de USD 1.765 (es decir, USD 180 por flete marítimo y seguros). Hace algunos años, si queríamos estimar el costo de una mercancía importada internada en Chile, multiplicábamos su valor FOB por 1,4 ó 1,5. Sin embargo, en el caso que relataremos, el costo terminó siendo 2,35 veces el valor FOB.
Lo primero que nos llamó la atención fue el costo del flete marítimo. La turbina pesaba 70 kg y ocupaba un volumen de 0,27 m3, de modo que el costo del flete y del seguro hasta Valparaíso debió haber sido de unos USD 60, pero ahora el fabricante presupuestó USD 180. Sin embargo, en China se agregaron de manera imprevista USD 416, que corresponden a la empresa que consolida la carga en ese país (co-loader) que, en vez de cobrar sus servicios al fabricante o a la empresa naviera, los cobra directamente al importador, distorsionando así los tradicionales conceptos de FOB o CIF. Luego se agregaron los derechos de aduana, el IVA y la comisión del agente correspondiente, que resultaron USD 711 adicionales. Con todo lo anterior, la turbina habría terminado costando USD 2.892, puesta en Valparaíso y fuera de la aduana, lo que ya equivale a 1,82 veces el valor FOB.
No obstante, a los pocos días de haber pagado lo anterior, retirado la turbina de la aduana y entregado la misma a su cliente, nuestro colega recibió una tardía y sorpresiva factura del concesionario del puerto de Valparaíso (Zeal), por la suma de $ 498.000 (unos USD 607), que resulta muy difícil de justificar o explicar. Esta inesperada factura elevó el costo de la turbina a USD 3.499, lo que ya corresponde a 2,21 veces el valor FOB.
Además, si nuestro colega hubiese aceptado un servicio de flete de Valparaíso a Santiago, que le fue ofrecido por otros USD 219, el costo se habría elevado a USD 3.718, ó 2,35 veces el valor FOB. No está demás recordar que una persona de 70 kg viaja en bus entre Valparaíso y Santiago, cómodamente sentada, por USD 10 o menos. Lo anterior, 2,35 veces el valor FOB, es sólo el costo para nuestro colega. Si se agrega un exiguo margen de comercialización, de un 20%, la turbina terminaría costando USD 4.462, es decir 2,82 veces el valor FOB, algo difícil de entender por parte de un cliente.
El ejemplo descrito refleja un grave problema para un país como Chile, que por su lejanía requiere suma eficiencia en materia de fletes y de logística en general. En el ejemplo descrito -y pese al aumento del flete marítimo- este ítem corresponde sólo al 4,8% del total. Sin embargo, en otros sectores, como el frutícola, los mayores costos de flete están impactando de manera significativa en los precios CIF de exportación o importación.
A nuestro juicio, a partir del ejemplo presentado, parece evidente que estamos en presencia de un abuso, producido por falta de competencia y por contratos de concesión imperfectos, que no sólo aumentan la inflación, sino que además reducen la rentabilidad de los sectores afectados, el empleo y el bienestar de los consumidores.
¿Qué podemos hacer? Desde Conadecus pensamos que lo anterior debería ser investigado por la Fiscalía Nacional Económica, y en caso que corresponda, para que el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia disponga las medidas correctivas del caso, de modo de restablecer la competencia en toda la cadena logística asociada al comercio exterior y lograr así que los precios correspondientes se orienten a los costos, en la medida que así lo estimen las autoridades del rubro. También es posible que, para estos efectos, la Fiscalía tenga que recurrir ante organismos internacionales, como la OMC, por medio del Ministerio de Relaciones Exteriores. Pero lo único que no podemos hacer, es quedarnos de brazos cruzados.