En el marco de los incendios forestales que afectan a diversas regiones del país, el Sernac realizó un llamado a las empresas y locales establecidos a ser profesionales y contar con protocolos y políticas destinadas a asegurar el pleno respeto de los derechos de los consumidores.
El organismo busca evitar eventuales alzas de precios de productos de primera necesidad y asegurar el acceso a estos bienes.
En ese sentido, recordó los alcances de la Ley 16.282, que, entre otras normas, fija disposiciones para casos de catástrofes, por lo que existen severas sanciones para quienes:
1. Nieguen infundadamente la venta de productos de consumo (alimentos, vestuarios, herramientas, materiales de construcción, entre otros).
2. Vendan esos artículos a precios superiores a los habituales o con engaño en su calidad, peso o medida, o los que los acaparen, oculten, destruyan o eliminen del mercado.
3. Comercien bienes destinados a ser distribuidos gratuitamente en la zona afectada.
El director nacional del servicio, Ernesto Muñoz, expresó que “en caso de detectarse este tipo de situaciones, los consumidores pueden realizar las denuncias ante el Ministerio Público o ante el propio Sernac para ser puestas en conocimiento de la autoridad competente”.
El artículo 5° de la Ley 16.282 establece un tipo penal que castiga conductas abusivas respecto de la venta o comercialización de bienes de primera necesidad en casos de sismos o catástrofes.
Los productos comprendidos son: alimentos, vestuarios, herramientas, materiales de construcción, productos, medicamentos y artículos farmacéuticos, menaje de casa, combustibles, jabón y bienes que sirvan para el alhajamiento o guarnecimiento de una morada.
Fuente: LaNación