Las isapres sí suben los planes de salud de manera unilateral, a sabiendas de su inconstitucionalidad e ilegalidad. Año a año existen miles de recursos de protección interpuestos en su contra, todos son acogidos y, sin embargo, siguen persistentemente alzando los planes todos los años, a los usuarios, en contravención expresa a la Constitución y la jurisprudencia unánime de la Corte.
Hace unos días, la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, en una decisión que resulta tremendamente difícil de comprender, dictó un auto acordado en virtud del cual se regulan las costas personales de los recursos de protección presentados en contra de las isapres, bajando de 130 mil, que regía hasta la semana pasada, a sólo 50 mil pesos.
Hagamos la salvedad, de todos modos, que esto sólo rige para Santiago, no para el resto del país, ni siquiera San Miguel, que tiene su propia Corte.
Las costas, para los lectores que no son asiduos a los vaivenes del Derecho, son los gastos en que se incurre con motivo de una contienda judicial, por concepto de honorarios para los abogados que las tramitan.
El negocio de los recursos en contra de las isapres es increíblemente beneficioso para todos, menos la isapre.
Un pequeño ejemplo: usted se entera mediante carta certificada de que le subieron su plan, y pensó –con toda razón– que era injusto que la isapre así no más le cambiara las condiciones del contrato, por lo que se contactó con un abogado para consultar si era posible hacer algo al respecto.
Su abogado le confirma que el asunto es injusto, y que existe un abuso intolerable en sus Derechos Fundamentales protegidos por la Constitución. Por lo tanto, le comunica que se hará cargo de la gestión pertinente y además, que esta se hará de forma totalmente gratuita para usted.
La Corte, que ya se ha acostumbrado a fallar a favor de los clientes en este tipo de recurso, fijaba las costas personales en 130 mil pesos, que su abogado se llevaba para la casa, como justo pago por haber tramitado la causa.
Como es lógico, comenzaron a aparecer abogados que vieron en esto un buen negocio, y montaron grandes empresas cuyo objeto es masificar la presentación de estos recursos, por lo que se dedican a buscar activamente víctimas de estos abusos, y los impulsan a presentar recursos, ofreciendo su servicio total y absolutamente gratis, incluso con promociones, publicidad en las redes sociales, en la calle, etc.
Naturalmente, hay abogados bastante exitosos, que han logrado ganancias ascendentes a mil millones de pesos anuales por estas gestiones.
Bueno, nada es para siempre. La Corte de Apelaciones de Santiago redujo el monto de las costas a solo 50 mil pesos, por lo que el negocio ya no será tan atractivo, y probablemente los abogados ya no van a destinar maquinarias gigantes para buscar clientes indignados con estas alzas, o quizás comenzarán a cobrar por sus gestiones, lo que por supuesto nadie pagará, ya que las alzas siempre son por montos bastante bajos, de cinco hasta diez mil pesos por mes.
Las consecuencias de esto son graves, y requieren de nuestra atención. La Corte, indirectamente, ha dado luz verde a las isapres para seguir abusando de sus clientes con total impunidad, ya que, como nos enseña la más básica curva de oferta y demanda que a estas alturas nos sabemos de memoria, habrá menos oferentes dispuestos a tramitar estos recursos, se producirá la consecuente escasez y, por lo tanto, la isapre actuará con menos miedo cuando suba unilateralmente los planes de salud, porque habrá menos víctimas dispuestas a recurrir.
Es simple, y es una demostración práctica de las virtudes del libre mercado: a mayor precio, mayor oferta.
Las Isapres argumentaron que la conducta de los abogados para la tramitación de estos recursos era tremendamente reñida con la ética, ya que, como en todo mercado en alza, comenzaron a aparecer promociones, regalos, gift cards y demases, a fin de estimular a sus potenciales clientes a adquirir su producto, que es la tramitación del recurso de protección, todo con el objeto de embolsarse las costas.
Esto, que puede parecer un chiste, deja en el olvido lo realmente importante.
Las isapres sí suben los planes de salud de manera unilateral, a sabiendas de su inconstitucionalidad e ilegalidad. Año a año existen miles de recursos de protección interpuestos en su contra, todos son acogidos y, sin embargo, siguen persistentemente alzando los planes todos los años, a los usuarios, en contravención expresa a la Constitución y la jurisprudencia unánime de la Corte. Esto lo hacen porque saben que existe un gran número de afectados que no hará nada al respecto, y que existe una posibilidad razonable de que no se den cuenta, no les interese o, sencillamente, no sepan sus derechos y, por lo tanto, se saldrán con la suya, lucrando de manera injusta, ilegal e inconstitucional.
El lucrativo negocio de los recursos en contra de las isapres, si bien puede sonrojar a varios juristas de fuste y a académicos, provocaba en la práctica que los abogados buscaran e informaran a los usuarios de que sus derechos estaban siendo vulnerados, creaban conciencia en la población, y les ofrecía una herramienta tremendamente efectiva para frenar tal abuso, en directo perjuicio del abusador, quien finalmente se veía sancionado con el pago de las costas, todo gratis para el cliente.
¿Qué podría ser más justo que hacerse rico defendiendo los derechos de las personas y, encima, sin ningún costo para ellas?
Miel sobre hojuelas.
Las isapres argumentaron faltas a la ética de los abogados que llegaban incluso a ofrecer gift cards a los clientes que tramitaran los recursos de protección con ellos, o sea, ¡les devolvían parte de las costas! Y adicionalmente argumentaron que estas en muchos casos superaban las alzas de los planes de salud y que no era bueno un sistema que estimulara la litigación.
Aquí va una idea loca para las isapres: ¡paren de subir los planes!
En Chile, no existe el precedente vinculante, ni las sentencias producen otro efecto que para el caso específico que están conociendo. En simple, cuando un tribunal resuelve un conflicto, lo hace solo y exclusivamente para ese caso y no afecta en nada al resto de los millones de casos que puedan ser exactamente iguales.
Por lo tanto, la única manera que tenía la Corte de hacer justicia, provocar un cambio en la sociedad y producir un efecto realmente disuasivo para el infractor, era precisamente mantener costas altas, motivando a los abogados a buscar la litigación en contra de las isapres, haciéndolas responsables de los costos de sus malas prácticas, castigándolas por ello.
En vez de eso, la Corte pensó que los abogados ganaban mucho dinero a través de este negocio, lo que les pareció injusto y, por lo tanto, decidieron que este no podía ser tan lucrativo para los abogados, porque era inmoral.
Producto de esto sólo ganan las isapres y, finalmente, el perjudicado es el ciudadano de a pie, quien ya no tendrá disposición de justicia en sus manos, se le dificultará recurrir y, más que nunca, comenzará a aceptar estas alzas, lo que a su vez motivará a las isapres a seguir impunemente lucrando de manera injusta, ilegal e inconstitucional.
Lo lógico hubiese sido fijar las costas lo más alto posible, a fin de provocar un efecto realmente disuasivo sobre las isapres, para que derechamente dejaran de incurrir en estas conductas malintencionadas y abusivas.
Pero no. Es el mundo al revés.
Fuente: ElMostrador
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19 Dic 2024