Noticia | 25 Septiembre 2024

Reclamo de Conadecus por traspaso de costos sistemáticos de generación eléctrica a usuarios es rechazado por Contraloría

Este lunes el organismo, rechazó la petición de Conadecus con respecto al traspaso de costo de generación de energía a los usuarios, sin embargo, considerarán resguardo ante futuras licitaciones del servicio.

En mayo de este año, la licitación pública nacional e internacional por el servicio eléctrico, proceso donde se adjudicó Enel Generación 3600GWh/año.

La problemática surge cuando la Comisión Nacional de Energía (CNE), decide incorporar los costos sistemáticos a los indexadores de precio de energía. Los cargos sistemáticos son aquellos que son costos incluidos para la operación del sistema, como son la distribución, transmisión o por cargo de servicio publicó.

Pero en junio, Conadecus presentó una solicitud en la Contraloría General de la República, exponiendo que las bases de licitación, incluyendo la fórmula de indexación denominada “costos sistémicos”, circunstancia que implica que tales costos deberán ser asumidos por los consumidores, lo que -no sería procedente pues la normativa que indica “coloca dichos costos de cargo del generador eléctrico”.

Durante la licitación, Conadecus intentó frenar el traspaso del costo de generación a los consumidores, pero la CNE siguió con la licitación que recibió ofertas de 5 empresas, donde Enel Generación Chile fue la ganadora del proceso pagando USD $56,679 dólares por MWh ($ 51.253 pesos chilenos)

Este lunes la Contraloría entregó un documento donde explica la resolución del caso: “la inclusión en las bases de licitación de una componente que recoja las fluctuaciones de los costos sistémicos durante el transcurso del tiempo en los términos reseñados, se enmarca dentro de las facultades que el precitado artículo 133º, inciso sexto, de la Ley General de Servicios Eléctricos, le otorga a la CNE para definir en dichas bases las fórmulas con arreglo a las cuales se reajustará el precio de nudo de largo plazo de la energía”, dicta el documento.

Agrega, “Lo anterior, se explica, debe entenderse que es sin perjuicio de lo prescrito en el artículo 181º de la Ley General de Servicios Eléctricos, en cuanto establece que la tarifa que deben pagarlos clientes regulados ha de corresponder al “costo de utilización” de los recursos del sistema eléctrico en todos sus niveles, incluido el de generación, que a su vez comprende, por ejemplo, los costos sistémicos”

Para el asesor de Conadecus, el ingeniero  civil eléctrico Oscar Cabello,  ve de forma negativa el rechazo del organismo ” , “la verdad es que trataron de ser salomónicos, pero yo lo encuentro un error grave, porque en el caso de la transmisión, cuyos cargos se traspasan actualmente a los usuarios, lo que es un error y hoy día todo el mundo lo reconoce, eso por lo menos se hizo por Ley, y aquí se traspasa un costo relevante, y se hace a través de una resolución exenta. Eso no puede ser”.

El experto agrega que “Tener un cargo de casi US$20 por kwh es un tremendo costo, es el costo equivalente a una empresa solar. Eso se le agrega a todos los demás costos de la tarifa eléctrica, y es más, hoy día son US$20, pero mañana pueden ser US$30 o US$40, porque mientras más se sigan metiendo los PMGD (Pequeños Medios de Generación Distribuidos) y el precio estabilizado, esto va a seguir subiendo”, expresa. 

Conadecus buscara los recursos disponibles para velar por el interés de los consumidores, en especial en una problemática como el servicio eléctrico, puesto que durante este años tras un alza en al tarifa y cortes prolongados, han generado todo un debate en la ciudadanía.

Publicado por
Conadecus

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