Noticia | 8 Enero 2019

Resultado de la Consulta Abierta efectuada por Conadecus sobre límites de tenencia de espectro radioeléctrico

Santiago, 8 de enero de 2019.- En atención a que a fines de noviembre el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) decidió prorrogar hasta el 28 de diciembre de 2018 el plazo para presentar antecedentes en la causa no contenciosa “Consulta de la Subtel sobre el límite máximo de tenencia de derechos de uso sobre el espectro radioeléctrico“, Rol NC 448-2018, Conadecus aprovechó esa extensión para someter a una Consulta Abierta propia el borrador del informe técnico-económico encargado por ella como aporte para esa causa.

La Consulta Abierta estuvo a cargo de los expertos Óscar Cabello e Israel Mandler, asesores ad-honorem de Conadecus, y tenía por objeto “mejorar ese borrador y hacerlo más representativo del interés de los consumidores” señaló Cabello.

Consulta Abierta de Conadecus:

http://www.conadecus.cl/consulta-abierta-nueva-politica-nacional-de-espectro-radioelectrico/

La consulta de Conadecus estuvo disponible en el sitio web entre el 27 de noviembre y el 21 de diciembre, para efectos de que pudiera ser respondida u observada por cualquier interesado en dar su opinión (usuarios de telecomunicaciones, profesionales, organismos estatales, operadores de telecomunicaciones, proveedores de equipos, etc.), y por la vía que se estimase más adecuada.

En virtud de ella recibimos las opiniones de quince personas (entre usuarios y profesionales vinculados a la industria), que fueron debidamente consideradas en la versión final del informe, que fue entregado al TDLC con fecha 28 de diciembre de 2018.

Las principales modificaciones introducidas al borrador, como resultado de la Consulta Abierta de Conadecus, fueron las siguientes:

I) Precisamos que los límites propuestos se basan en un porcentaje del espectro disponible, y que el índice IHH es tan sólo una medida de la concentración resultante.

II) Incorporamos un breve análisis de la Sentencia Nº 156/2017 del TDLC sobre OMV, confirmada por la Corte Suprema en causa rol N° 15.389/2017, por su impacto sobre la consulta de Subtel.

III) Explicamos que en vez de aplicar los límites de 50 MHz que Subtel propone para las bandas bajas, y de 60 MHz para las bandas medias bajas, es preferible establecer que ningún operador que ya tenga asignado más del 20% del espectro disponible, pueda participar en nuevos en concursos para las mismas, con el objeto de restablecer la política pública impulsada por Subtel en 2009, que fue aprobada en su oportunidad por la Corte Suprema.

IV) Proponemos sí como medida a estudiar, un incentivo de mayor espectro a aquellos operadores con redes que -a través de sus ofertas mayoristas y de contratos efectivamente firmados y en operación- demuestren políticas de real incentivo a los OMV y al roaming nacional.

V) Proponemos como medida complementaria, que Subtel despeje la banda de 3.500 MHz facilitando la continuidad de los servicios de banda ancha fija inalámbrica que hoy hacen uso de ella, para imprimir más competencia a los servicios fijos convencionales; también proponemos otorgar permisos experimentales en esa banda a otros operadores interesados en ofrecer servicios de banda ancha fija inalámbrica.

VI) Proponemos que Subtel comprometa un plan de concursos públicos para el espectro.

VII) Reconocemos que Subtel debe impulsar nuevamente el desarrollo de ofertas de facilidades y de reventa de planes adecuadas para el roaming nacional, para los OMV y para la compartición de infraestructura pasiva, para lo cual es preciso que esas ofertas estén libres de estrangulamientos de márgenes y de discriminación arbitraria de precios, de modo que permitan replicar los planes comerciales que los operadores con poder de mercado ofrecen a sus clientes minoristas, en cualquier segmento.

VIII) Proponemos que Subtel desarrolle criterios técnicos objetivos para definir los umbrales de eficiencia espectral, así como las equivalencias entre las distintas bandas de modo de medir adecuadamente el índice IHH.

IX) Precisamos que los planes de uso efectivo y eficiente del espectro no sólo deben exigirse en los sucesivos concursos públicos de espectro, sino que también a los actuales adjudicatarios de ese recurso, y

X) Mejoramos o corregimos una serie de detalles menores.

Conadecus agradece la valiosa colaboración recibida -tanto de sus asesores en esta materia, como de quienes aportaron ideas y sugerencias en la Consulta Abierta- gracias a lo cual ha podido hacer un nuevo aporte para mejorar la competencia y la regulación de la industria de las telecomunicaciones, en beneficio de los consumidores y del país.

Conadecus confía en que ese aporte será debidamente considerado por los organismos antimonopolios y por Subtel, en la discusión que proseguirá en la causa Rol NC 448-2018 del TDLC.

Ver el informe presentado al TLDC:
Lineamientos limites dinamicos de espectro – consulta conadecus VF

Publicado por
Conadecus

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