La Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios próximamente realizará la inauguración de la campaña informativa y educativa llamada”¿Sabías qué?”. Esta se llevará a cabo con el objetivo de orientar y asesorar a los consumidores y usuarios de Chile, respecto a distintas áreas de interés. En ese contexto, los dejamos con toda la información sobre el pago por consignación en la Tesorería General de Gobierno:
El pago por consignación en la Tesorería General de la República, se utiliza para los casos de no comparecencia del acreedor de recibir; de incertidumbre de la persona del acreedor; o de negativa por parte del acreedor a recibir el pago.
El procedimiento consiste en concurrir a una Notaria y confeccionar una “Minuta de oferta de pago por consignación” en que señale:
1.- Nombre completo, cédula de identidad, domicilio, profesión u oficio y teléfono del deudor.
2.-Nombre de la empresa, domicilio, teléfono y nombre de su representante legal.
3.-Certificado o monto de la deuda actual y el porcentaje del interés moratorio cobrado mensualmente por la empresa.
4.-Los motivos por lo que se efectúa esta forma de pago (ejemplo) El acreedor se niega a recibir el abono.
5.- Señalamiento de que se efectuarán las consignaciones en Tesorería General de la República y el monto mensual de cada una de ellas.
Posteriormente esta minuta es presentada y dejada en Tesorería General de la República, institución que notificará a la empresa de las consignaciones efectuadas allí.
Se recomienda a los consumidores que el abono a consignar contemple; el pago del interés mensual y un abono al capital. Solo así estaremos rebajando el capital y además el monto de interés a pagar. Mientras más aportemos al capital, más rápido terminaremos de cancelar. Los comprobantes de pago efectuados deben guardarse por un eventual juicio en su contra en que deberás hacerlos valer como pagos parciales a la deuda.