Noticia | 6 Abril 2022

Se extiende el IFE laboral hasta septiembre

El gobierno anunció que extenderá el IFE laboral hasta septiembre, con especial foco en las mujeres. Este subsidio apunta a que las personas cesantes encuentren un empleo formal, y se otorga un incentivo por la nueva relación laboral. Algunos de los requisitos para acceder son tener un nuevo contrato de trabajo, no contar con cotizaciones en los 3 meses previos, haber estado cesante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato, y que el sueldo bruto mensual no exceda 3 ingresos mínimos mensuales ($1.050.000).

El IFE Laboral es un incentivo para que los trabajadores y trabajadoras se empleen formalmente, otorgándoles directamente un beneficio mensual por la relación laboral que se inicia (nuevo contrato de trabajo).

El monto del subsidio corresponde a lo siguiente:

  • Hombres entre 24 y 55 años: 50% de su Remuneración Bruta Mensual, con tope de $200.000 mensuales.
  • Mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad debidamente certificada y asignatarios de pensión de invalidez: 60% de la Remuneración Bruta Mensual, con tope de $250.000 mensuales.
  • Este beneficio es compatible con el Ingreso Mínimo Garantizado, el Subsidio Protege, el Bono Trabajo Mujer (BTM), el Subsidio Empleo Joven (SEJ) y la reducción temporal de la jornada de trabajo de la Ley de Protección del Empleo.
  • Trabajadoras y trabajadores que inicien una nueva relación laboral, con contrato de trabajo.

Para acceder se deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tener un nuevo contrato de trabajo (en el mes en curso o máximo en el mes anterior a la postulación).
  • Tener una remuneración mensual bruta menor o igual a 3 Ingresos Mínimos Mensuales ($1.050.000).
  • Haber estado cesante durante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato de trabajo. Para esto, Sence revisará que no registre cotizaciones de pensión y/o salud por cualquier empleador el mes anterior al inicio de su nuevo contrato.
  • Algunos ejemplos de tipo de contrato de trabajo formal: indefinido, a plazo fijo, por obra o faena determinada, de temporada o part-time.

Importante:

Por estar “cesante” se entiende que la persona que postula al beneficio no debe haber estado trabajando, con contrato de trabajo, en el mes anterior al de postulación al IFE Laboral.

Como “nueva relación laboral” se entiende toda relación de trabajo dependiente y subordinado entre un trabajador o trabajadora y un nuevo empleador que se formaliza mediante un contrato de trabajo.

Para verificar lo anterior, Sence revisará al momento de la postulación:

  • Que la persona postulante no registre cotizaciones previsionales en el mes anterior al de inicio del contrato de trabajo.
  • Que la persona postulante no registre cotizaciones previsionales en los tres meses anteriores al de inicio del contrato de trabajo con el mismo empleador por el cual postula al beneficio (mismo empleador o empleadora).

Restricciones para acceder al beneficio:

  • Personas que se encuentren trabajando de manera informal o independiente.
  • Personas que presten servicios al Estado, de manera dependiente e independiente.
  • Personas que estén gozando de licencia médica (incluye pre y posnatal).

Links de interés:

https://sence.gob.cl/personas/noticias/postula-al-ife-laboral-aqui

https://www.chileatiende.gob.cl/fichas/97039-ife-laboral

Publicado por
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