El SERNAC dio a conocer un análisis de la conocida práctica comercial llamada “Publicidad Verde”, esto es la promoción de productos o servicios que poseen atributos ecológicos amigables con el medio ambiente.
En este reporte, se analizaron 24 soportes correspondientes a 21 empresas con presencia en medios escritos de circulación nacional y 3 en televisión abierta. El período de monitoreo se realizó entre el 15 de junio y el 15 de julio del 2015.
El propósito de este estudio, además de detectar eventuales infracciones, fue definir acciones para corregir o mejorar la información que se entrega a los consumidores. Lo anterior, teniendo presente los criterios de la Guía de Alcances Publicitarios y Buenas Prácticas Comerciales de SERNAC y la Ley Sobre Protección de los Derechos de los Consumidores.
PRINCIPALES RESULTADOS
El estudio arrojó que 4 empresas no cumplen con la Ley de Protección al Consumidor, induciendo a error o a engaño a los consumidores. Por ejemplo, con información poco clara e imprecisa en sus mensajes.
Junto con lo anterior, el Servicio oficiará a otros 5 proveedores, con el fin de que comprueben los atributos ecológicos que anuncian tener y otras precisiones. Por ejemplo, a una de las piezas se le exigió que ajuste su información sobre el precio, por cuanto es un elemento esencial a la hora de comprar o contratar y además, porque se trata de una condición objetiva integrada a la publicidad.
Ante esto, el SERNAC recordó que:
- Los consumidores tienen derecho a recibir información verdadera, clara y a tiempo, sobre las características relevantes del producto o servicio.
- En el caso de la utilización de frases como “hasta agotar stock”, las empresas deben señalar los días que durará la respectiva promoción u oferta, y también detallar el número de productos o servicios disponibles.
Fuente: Sernac