Noticia | 4 Noviembre 2013

Sernac denunció a Hites y a ABC DIN por incumplimientos publicitarios

El Sernac presentó  acciones legales contra las multitiendas Hites, ABC DIN y ofició a JUMBO, tras detectar varios incumplimientos a la Ley del Consumidor.
La acción judicial contra Hites es por no informar la Carga Anual (CAE) y el Costo Total del Crédito (CTC). La denuncia contra ABC DIN es por su negativa a modificar frases como “o hasta agotar stock” y “productos sujetos a disponibilidad”, pese haber sido oficiada anteriormente por el organismo.
A principios de año el Sernac ofició a 16 empresas por no cumplir con la Ley respecto a informar la Carga Anual Equivalente y el Costo Total del Crédito (CTC). Ofició también a varias otras empresas con incumplimientos en frases publicitarias, o relacionados con la “letra chica”.
No obstante, y tras el sondeo de septiembre, Hites nuevamente infringió la normativa al no informar la CAE y el CTC. Por su parte, ABC DIN incluyó en sus piezas publicitarias frases  como “o hasta agotar stock” y “productos sujetos a disponibilidad al momento de la compra”.
Por ley del consumidor todas las anteriores tienen la obligación de informar plazo de duración de su promoción, además del stock en unidades disponibles del producto, para que el consumidor no pueda determinar la probabilidad cierta de adquirir el bien en las condiciones ofrecidas.
Ante esta situación, el SERNAC tomó la determinación de denunciar a ambas empresas ante la justicia, con el propósito que le sean aplicadas las multas correspondientes y sean obligadas a ajustar sus piezas publicitarias.
Derechos de los consumidores
La  Ley del SERNAC Financiero estableció que es obligación que las empresas que venden productos a crédito deben indicar la Carga Anual Equivalente (CAE) y el Costo Total del Crédito (CTC). Esto permite y entrega la posibilidad a los consumidores de poder cotizar y comparar la mejor opción.
La publicidad debe entregar toda la información necesaria sobre el producto o servicio que ofrece, así como también sobre el precio, la duración de la oferta y la disponibilidad de la promoción.
La publicidad debe ser comprobable y verdadera, para que sus decisiones sean informadas y no tenga expectativas que no cumplirá.
Información proporcionada por Sernac, 04, Noviembre, 2013

Publicado por
Conadecus

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