Luego de una mediación colectiva del Sernac, la empresa Forum Servicios Financieros S.A. compensará a los cerca de 480 consumidores que se vieron afectados tras el envío en junio del año pasado de un correo masivo donde la compañía informó de las deudas morosas a personas ajenas a esta obligación.
Luego de conocer esta situación mediante la recepción de casi 80 reclamos, el Servicio inició una mediación colectiva con Forum, cuyo propósito fue encontrar una propuesta que compensara a todos los consumidores afectados.
Tras estas gestiones, Forum se comprometió a compensar a los afectados con el no cobro o restitución –en caso de haber sido pagados-, tanto de intereses moratorios como gastos de cobranza asociados a las cuotas que se encontraban en mora a la fecha del envío del correo.
En el caso de los clientes que se encuentren al día y que aún tienen cuotas pendientes de pago, la compañía les descontará los montos en la o las siguientes cuotas a pagar, situación en la que se encuentran 14 consumidores.
En el caso de los clientes con sus créditos extintos, cuyo universo alcanza los 95 casos, la empresa les remitirá un cheque nominativo por el monto a devolver.
En el caso de los afectados que se encuentren en mora, esto es, cerca de 370 casos, Forum se comprometió a no cobrarles, cuando concurran al pagar sus créditos, ni los intereses moratorios ni los gastos de cobranza correspondientes a la fecha de ocurrencia de los hechos.
Desde el Sernac señalaron que los montos comprometidos por la empresa y asociados a este acuerdo ascienden a $ 7.207.297 por concepto de intereses moratorios, y a $ 8.877.037 por gastos de cobranza.
Para acreditar el cumplimiento de este acuerdo, la firma cuestionada comprometió una auditoría externa que verificará por el cumplimiento de los compromisos adquiridos.
Derechos de los consumidores
El Director Nacional del Sernac, Ernesto Muñoz, explicó que el resultado obtenido en esta mediación constituye una buena noticia para este grupo de consumidores que se vieron perjudicados por un error de la empresa.
“Lo que se espera de las empresas profesionales es que, cuando cometan un error, tomen las medidas necesarias para evitar que este tipo de situaciones se repitan a futuro, pero también que compensen adecuada y rápidamente a los consumidores que ocasionaron perjuicios”, enfatizó Muñoz.
Agregó que la Ley del Consumidor establece que las empresas, al realizar acciones de cobranza extrajudicial no pueden informarle terceros sobre la deuda, como a los familiares o el jefe. Es decir, está prohibida cualquier conducta que afecte la privacidad o situación laboral del consumidor.
Muñoz recordó también que los llamados de cobranza sólo se pueden realizar de lunes a sábados entre las 8:00 y las 20:00 horas, y las empresas no pueden enviarles a los consumidores documentos que aparenten ser escritos judiciales, con el propósito de amedrentarlos.
En caso que estos derechos no sean respetados por las empresas, los consumidores tienen derecho a reclamar y a ser compensados, finalizó Muñoz.
Fuente: DF
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19 Dic 2024